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⭐⭐⭐⭐⭐ Libertad inmediata por vencimiento de términos 3ra edicion
Subraya la Corte su posición histórica en relación con la materia, en el sentido de que: “… la duración de la privación temporal de la libertad, aplicable a las etapas de investigación y juzgamiento, consulta en una sociedad democrática el delicado equilibrio que debe mantenerse entre el interés legítimo del Estado de perseguir eficazmente el delito y sancionar a los culpables y, de otro lado, la necesidad de asegurar la libertad de las personas y la posibilidad de garantizar un proceso justo e imparcial.” En efecto, la duración del proceso penal, en ninguno de sus estadios procesales, puede sustraerse del marco constitucional según el cual, en el ejercicio de la facultad punitiva del Estado, existen restricciones sobre las medidas que resulten privativas de derechos, en especial del derecho a la libertad. Concluye, entonces, la Corte que “la indefinición de términos, particularmente cuando puedan afectar la libertad personal del procesado, resulta inconstitucional”. Ante tal advertencia, la Corte declaró condicionalmente exequible el numeral 5° del artículo 317 de la Ley 906 de 2004, “en el entendido de que salvo que el legislador disponga un término distinto, el previsto en dicho numeral se contará a partir de la radicación del escrito de acusación”, dejando diferidos sus efectos hasta el 20 de julio de 2015 a fin de que el Congreso de la República expida la regulación correspondiente.
$126.500 $50.600
Los delitos de género. Una aproximación crítica, jurídica y psicosocial a este tópico del derecho
En nuestra calidad de defensores públicos o representantes judiciales de víctimas de la Defensoría del Pueblo, que lo fuimos, nos hemos propuesto escribir este libro, que acaso sirva para ilustrar un poco al lego en esta materia y para investigar, recopilar y compendiar no solo algunos apartes de sentencias de la Corte Suprema de Justicia, de la Corte Constitucional y de los tribunales superiores de Distrito Judicial, sino también para copiar textualmente algunos aportes de otros autores sobre el tema y las experiencias vividas por las víctimas de este tipo de delitos y realizar algunas propuestas en materia de reparación integral.
$57.500 $23.000
Actualidad normativa y jurisprudencial en pensiones
Después de realizar un minucioso análisis de la presente obra, fruto de CONSULTORES ASOCIADOS EN SEGURIDAD SOCIAL S.A.S., empresa que ha venido ratificando su compromiso de colaboración tanto con la administración pública como con los particulares, y a partir de su amplia experiencia y conocimientos ganados con el ejercicio profesional, fortalecido en más de 23 años de experiencia en materia de Seguridad Social en Pensiones, ha visto la necesidad a través del tiempo de realizar un compendio de normas y jurisprudencia que sirve como material de apoyo y estudio para toda clase de personas. Mediante esta obra, el Dr. Gustavo Sánchez Puerta, fundador de la firma CONSULTORES ASOCIADOS EN SEGURIDAD SOCIAL S.A.S, liderando el más calificado equipo de profesionales expertos en los diferentes temas pensionales en que se centran las preocupaciones de todas las personas en general y ante la incertidumbre pensional en ambos regímenes, ha querido compartir conceptos, normas y jurisprudencia actualizada, que será de suma utilidad para todo aquel que pretenda solucionar su situación pensional, trátese de un particular o de un operador jurídico calificado, lo que además constituye una herramienta de labor para aquellos a quienes compete la misión de decidir el presente pensional de miles de colombianos.
$218.500 $65.550
Introducción al proceso monitorio colombiano: constitucionalización y oralidad del derecho civil
«Este trabajo académico y práctico, pretende ser una introducción seria y profunda al estudio del nuevo código general del proceso, haciendo énfasis en la constitucionalización y oralidad que dicho código contiene, quiere resaltar la novedad no solo jurídica, sino social y económica que implica la adopción del proceso con carácter monitorio en nuestro país, pues hacía falta este tipo de procedimiento ágil, expedito y sin complicaciones para acercar más al ciudadano a una “buena” justicia que le permita accionar sin intermediarios y de manera directa a los jueces civiles en este caso, por eso, se ha venido en llamar la tutela del crédito.Esperamos que este trabajo que hoy inicia, solo sea el primero dentro de un fructífero y apasionante desarrollo que de la jurisprudencia de las Altas Cortes, tribunales y juzgados en la práctica diaria, hagan de este proceso monitorio una verdadera novedad que contribuya a la descongestión judicial, la efectividad de los derechos económicos y la convivencia pacífica entre los Colombianos».«Este trabajo académico y práctico, pretende ser una introducción seria y profunda al estudio del nuevo código general del proceso, haciendo énfasis en la constitucionalización y oralidad que dicho código contiene, quiere resaltar la novedad no solo jurídica, sino social y económica que implica la adopción del proceso con carácter monitorio en nuestro país, pues hacía falta este tipo de procedimiento ágil, expedito y sin complicaciones para acercar más al ciudadano a una “buena” justicia que le permita accionar sin intermediarios y de manera directa a los jueces civiles en este caso, por eso, se ha venido en llamar la tutela del crédito.Esperamos que este trabajo que hoy inicia, solo sea el primero dentro de un fructífero y apasionante desarrollo que de la jurisprudencia de las Altas Cortes, tribunales y juzgados en la práctica diaria, hagan de este proceso monitorio una verdadera novedad que contribuya a la descongestión judicial, la efectividad de los derechos económicos y la convivencia pacífica entre los Colombianos».«Este trabajo académico y práctico, pretende ser una introducción seria y profunda al estudio del nuevo código general del proceso, haciendo énfasis en la constitucionalización y oralidad que dicho código contiene, quiere resaltar la novedad no solo jurídica, sino social y económica que implica la adopción del proceso con carácter monitorio en nuestro país, pues hacía falta este tipo de procedimiento ágil, expedito y sin complicaciones para acercar más al ciudadano a una “buena” justicia que le permita accionar sin intermediarios y de manera directa a los jueces civiles en este caso, por eso, se ha venido en llamar la tutela del crédito.
$48.000 $14.400
Legalización y titulación de inmuebles. Cesión de bienes a título gratuito por las entidades territoriales
En nuestro país y pese al reciente y gran esfuerzo por entregarles los predios a las familias tradicionalmente poseedoras de estos, incluso desde hace más de cuarenta años, las normas referentes a la titulación y la legalización de predios, se ha quedado cortas y no consultan la realidad social ni el interés de los entes territoriales por hacerlo, ni muchas veces el derecho de propiedad, entre otros; algunas veces se contradicen y van en contravía de la Constitución Política, especialmente en lo que tiene que ver con el derecho de vivienda digna. Se parte del presupuesto de que, en su mayoría, los poseedores de estos predios llegaron y se apropiaron de ellos, no por un afán lucrativo o de negocio sino desplazados por las circunstancias, la fuerza mayor y los problemas de violencia o amenazas de los grupos al margen de la ley, dígase guerrilla o paramilitares en su tiempo, por la violencia política de la década de1950 que los llevó a establecerse y a construir sus viviendas en zonas no reguladoras por el Estado, al borde de quebradas, en altas pendientes, en zonas de alto riesgo mediante recuperables o no recuperables, en todo caso en terrenos abandonados por las administraciones municipales, incluso con su aquiescencia o muchas veces por su negligencia.
$46.000
Nuevas tendencias del derecho procesal digital: La implementación de la tecnología en la justicia: novedades y desafíos
Podríamos decir que desde el Código Judicial contenido en la Ley 105 de 1931, que determinaba la manera en que se adelantaban entre nosotros los procedimientos judiciales, pasando por las diferentes normativas especiales, como ocurre con el Código de Procedimiento Penal de 1938 y de 1971, el Código de Procedimiento Civil, la aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en los procedimientos y trámites, era realmente muy poco. Esta revolución tecnológica se presenta, en nuestro sentir, en tres momentos, marcados por los cambios normativos, y por supuesto, el avance de las tic. En un primer momento aparece una nueva normativa que viabiliza y propende por una sucesiva implementación de las tic en los procesos judiciales. La Constitución Política de 1991 y la consecuente expedición de la Ley 270 de 1996, desarrollan el derecho fundamental a un debido proceso sin dilaciones injustificadas, y, la Ley Estatutaria de Administración de Justicia formula la idea de avanzar en la implementación de la tecnología en el servicio público esencial de la Justicia. Ya para entonces, para los años 90, los Despachos Judiciales de nuestro país comenzaban a dejar atrás las máquinas de escribir que eran parte del paisaje de los Juzgados y pasaban a los computadores y las impresoras. Incluso, en algunos Despachos se permitió el envío de documentos vía fax, aun cuando la radicación y el archivo de documentos siguió siendo la costumbre, básicamente, hasta la pandemia. La llegada del Siglo XXI trajo a Colombia una sucesiva reforma de los Códigos de Procedimiento Penal, Civil y Contencioso Administrativo, disposiciones todas que hacen una apuesta por la implementación de las tic, y la oralidad como un criterio modulador de la actuación, lo que permitió la realización de algunas diligencias por la vía de lo que se denominaba para entonces la “videoconferencia”. Aún con una normativa generosa que permitía la aplicación de las tic a las actuaciones judiciales, la práctica judicial colombiana marcada por la desconfianza hacia la tecnología seguía rindiendo culto a la actuación por escrito, y las diligencias se realizaban en los despachos judiciales, en los que el único cambio fue que se cambiaron las extensas transcripciones por la grabación en audio o video de las actuaciones. Con ocasión del advenimiento de la pandemia del covid-19 en marzo del año 2020 Colombia entró en un confinamiento obligatorio que llevó al desafío de resolver la manera de impartir justicia cuando todos los ciudadanos estaban en sus casas. En un primer término, se suspendió la prestación del servicio de justicia en las áreas civil, comercial, laboral, administrativo, y, en general, todas, con excepción de la penal, que se desarrolló de manera presencial con las medidas de bioseguridad del caso. Sin embargo, rápidamente, en aplicación a lo previsto por el Código de Procedimiento Penal contenido en la Ley 906 de 2004 jueces, fiscales y abogados rápidamente pasaron a las audiencias virtuales y encontraron los múltiples beneficios que dispensan. Mayor seguridad en el almacenamiento de la información, seguridad para testigos y víctimas, reducción de las circunstancias que conducen a la frustración de las diligencias, fueron apenas algunas de las ventajas que aparecieron para todos los colombianos. La llegada de la virtualidad a la administración de justicia no solamente supuso la realización de audiencias telemáticas, sino también la radicación de los documentos a través del correo electrónico o incluso aplicaciones de mensajería instantánea, la digitalización de los expedientes y el archivo de las actuaciones en la nube, en condiciones de seguridad y trazabilidad de las actuaciones. Ante las ventajas que eran evidentes para todos los ciudadanos se expidió el Decreto 806 de 2020 que dispuso la realización de audiencias virtuales, radicación de documentos vía electrónica y toda una puesta en marcha de una justicia digital, acorde a los tiempos que corren. Se dispuso una vigencia de 2 años a partir de su promulgación, en tanto que se pensaba inicialmente como una medida coyuntural mientras se superaba la pandemia. Superada esta crisis sanitaria, para el año 2022 un amplio movimiento donde intervinieron todos los actores del sector justicia clamaron por el mantenimiento de la justicia digital y es así como el Decreto 806 de 2020 se convierte en legislación permanente a través de la Ley 2213 de 2022. La Justicia Colombiana en apenas dos años tuvo un avance sin precedentes, tanto desde las prácticas como desde lo normativo a través de las experiencias de aprendizaje que dispensó un evento tan lamentable como lo fue la pandemia. Justo en el momento en que los colombianos valoraban y ponderaban los avances de las tic en la administración de justicia, la Sentencia C-134 de 2023 proferida por la Corte Constitucional nos retornó a la Justicia del año 1999. Al ordenar la realización de juicios presenciales con argumentos basados en sesgos y prejuicios, con una sorprendente falta de rigurosidad se dispuso un retroceso en detrimento de todos los ciudadanos y de la Administración de Justicia. Es, por decir lo menos, lamentable, que una Corte que en otros tiempos generaba admiración en todas las latitudes por su carácter disruptivo y progresista tomara una decisión como esta, quedando como consuelo el que la tecnología nos rebasa, hoy podemos estar atónitos frente a una realidad que es incomprensible, pero que será cosa del pasado en muy poco tiempo, cuando veamos los efectos que esta decisión va a tener para todos los colombianos.
$160.000
La acción ejecutiva ante la jurisdicción administrativa
Mi primera aproximación a la ya reputada obra jurídica del jurista y profesor MAURICIO RODRIGUEZ TAMAYO ocurrió por cuenta del azar, ya hace varios años. En efecto, cuando me encontraba preparando algún trabajo sobre el proceso ejecutivo cayó a mis manos un libro suyo titulado “ LOS PROCESOS DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL ANTE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA” que obviamente despertó mi curiosidad, tanto más cuanto que para ese momento no se conocían en la doctrina nacional trabajos sobre la materia. Recuerdo haber recorrido el trabajo de ese novel autor que irrumpía con fuerza y contundencia en el panorama nacional, por lo que cité en el documento que entonces preparaba un aparte sustancioso y pertinente sobre la definición de los procesos ejecutivos de conocimiento de la jurisdicción contencioso administrativa. Esta nueva edición de la “LA ACCIÓN EJECUTIVA ANTE LA JURISDICCIÓN ADMINISTRATIVA”, la única que en el país ha abordado en forma extensa y suficiente esta disciplina, sin duda es una obra que está llamada a perdurar por los temas abordados y su profundidad. Puede decirse, sin temor a exagerar, que quien lea este libro quedará en posesión de ilustración suficiente sobre la materia de las ejecuciones en esta área contencioso administrativa, y estará en capacidad de enfrentar un litigio de esta naturaleza, bien como juez o magistrado, asesor o estudiante. El tratado que hoy se pone de nuevo a disposición de la comunidad jurídica sienta los presupuestos dialécticos necesarios de la discusión, porque no ahorra esfuerzos para tratar el concepto del contrato estatal frete a sus complejos requisitos de perfeccionamiento, ejecución, presupuestal, la aprobación de las garantías y el acatamiento de otros requisitos legales. Sobre ese presupuesto el profesor RODRÍGUEZ TAMAYO aborda con extensión justificable el estudio del título ejecutivo derivado de los contratos estatales y sus aspectos procesales, como lo relacionado con el complejo aspecto sobre si el silencio administrativo positivo puede o no considerarse título ejecutivo, aspecto que resuelve que convicción y maestría. También incluye esta visión panorámica las diferentes aristas de documentos constitutivos de ejecución, como la de la factura electrónica, tan debatida por estos días. No hay un solo escenario de ejecución de los que se presentan y discuten hoy, que no aparezcan en este texto, de manera que el lector puede tener la seguridad de encontrar aquí información sobre muchas situaciones que en la vida práctica de esta forma de ejecuciones suelen presentarse, asociadas todas a los contratos estatales y su exigibilidad. Aquí también el profesor RODRÍGUEZ TAMAYO abunda en el examen de las diferentes posibilidades de ejecución, sin omitir ninguno de los distintos escenarios de la misma, como las obligaciones judiciales aprovisionadas en el Fondo de Contingencias, los Acuerdos de Pago celebrados por entidades estatales, el novedoso incidente de aprobación de la oferta de revocatoria propuesta por un ente público demandado y aceptada por el demandante en un proceso contencioso administrativo, los laudos arbitrales proferidos en controversias contractuales con entidades públicas, las conciliaciones prejudiciales y las que se logran en el trámite mismo de las ejecuciones. En la segunda parte del libro, adicionalmente, también se encontrará el lector con la presentación minuciosa de las diferentes etapas del proceso ejecutivo administrativo, tales como la jurisdicción y competencia, los requisitos de la demanda con sus recientes reformas introducidas por el CPACA y la ley 2213 de 2022, el mandamiento ejecutivo, los medios de defensa, , la sentencia que se pronuncie sobre las excepciones, los recursos contra la misma incluyendo el extraordinario de unificación de jurisprudencia, la liquidación del crédito y, por supuesto, no podía faltar un acápite extenso y bien sustentado sobre el siempre complejo universo de las medidas cautelares en estos procesos de ejecución contencioso administrativa.
$350.000
Estudios de derecho notarial función notarial
PRESENTACIÓN (Primera edición)Las últimas decisiones de la Honorable Corte Constitucional en materia notarial, pero en especial la dictada el 31 de mayo del año en curso, han convertido en realidad el requisito, elevado a rango constitucional (art.131 de la C.P.), según el cual para poder ocupar el cargo de notario en propiedad, es necesario haber sido seleccionado mediante concurso de méritos.El gobierno, acatando lo resuelto por la Honorable Corte Constitucional, especialmente en esta última providencia que ordena practicar el concurso en un término prerentorio, se apresta a convocar el primero que se realizará bajo el régimen constitucional vigente (ConstituciónPolítica de Colombia de 1991).El hecho de que, por medio de este concurso se seleccionará a la mayoría de los notarios del país, debe provocar un especial interés en el estudio del Derecho Notarial y Registral, que son las dos materias sobre las cuales habrá de versar la prueba de conocimientos al tenor de lo dispuesto por la ley 588 de 2000 en el literal a) de su artículo cuarto.Parece, pues, que este hecho histórico en la institución notarial, modificará el criterio tradicional de nuestras facultades de derecho según el cual el estudio del derecho notarial es de segundo orden y ocupará, entonces, el lugar que le corresponde.El trabajo que hoy presentamos obedece a ese atán pues, en realidad, las universidades en sus pregrados no han preparado, hasta ahora, a los profesionales del derecho para una competencia de esta índole.El fin inmediato que nos proponemos es el de contribuir y facilitar el estudio del Derecho Notarial en forma sistemática, de acuerdo a los dictados de nuestra larga experiencia en esta actividad; de allí la forma y la estructura didácticas de estos ensayos.Partiendo de que el notario no solo es un documentador con potestad fedante sino que debe ser, por excelencia, un buen asesor jurídico de sus usuarios en las materias que le incumben, habíamos agrupado, en un trabajo anterior las materias que a nuestro juicio conformaban lo que se llama el Derecho Notarial Aplicado y que comprende obviamente estudios de Derecho Civil, estudios de Derecho Comercial, Derecho Tributario, Derecho Penal, etc., pero, como la ley 588 de 2000 redujo la prueba de conocimientos solo al Derecho Notarial y Registral, nos ocuparemos de esta materia, así:1. Módulo único:Derecho notarial. Comprende las siguientes unidades temáticas:a) Función Notarialb) El Notario, Agente de la Función Notarialc) Escritura Públicad) Competencia Funcional del Notarioe) Jurisdicción voluntaria y trámites especiales ante notario1) Control de legalidad a cargo del notarioEs un sólo modulo que comprende seis unidades temáticas.Este trabajo que presentamos a nuestros colegas contiene las dos primeras unidades temáticas: La Función Notarial y el Notario comoAgente de la Función Notarial.Aspiramos muy pronto a publicar las restantes.Reiteramos que el único propósito que tenemos con este ensayo es colaborar con los aspirantes al cargo de notario en el estudio de las materias que serán objeto de los exámenes sobre conocimientos que se practicarán en el proceso del concurso.
$96.000 $38.400
Acciones populares y de grupo
Surgido el interés por encontrar solución a la problemática jurídico-social que constantemente se viene presentando en torno al tema de la legitimación en las acciones colectivas, concretamente, en lo que hace relación con la inquietud: ¿Quién está legitimado para ejercer una acción colectiva? Se pasará en próximas líneas a consultar la opinión de doctrinantes y jueces, tanto nacionales como extranjeros, acerca del tema propuesto.He manifestado en el anteproyecto de este trabajo investigativo las inquietudes que me asaltan respecto a una serie de situaciones que, como se recordará, tienen en vilo la debida justiciabilidad de los derechos colectivos.En Colombia, al igual que en otros países de Iberoamérica, la solución es confusa. En algunos paises el ejercicio de tales acciones es para todos, o se limita a ciertas personas, en otros, a cierta clase de derechos colectivos y finalmente, en otros, simplemente, no hay solución al respecto.
$48.000 $19.200
Código Penal y Código de Procedimiento Penal, Actualizado 2024
Código Penal. Actualizado con las leyes 1709, 1719 de 2014; 1752, 1761, 1762 de 2015. 1773, 1774, 1778, 1787, 1819 de 2016; 1850, 1864 de 2017; 1908, 1915, 1918, 1943, 1944 de 2018; 1959, 2010, 2014 de 2019; 2081, 2083, 2110, 2111, 2168, 2098 de 2021; (2197 de 2022. Corregida por el Decreto 207 de 2022); 2277 de 2022; 2292 de 2023. Sentencia C-055 de 2022 sobre el aborto; C-014 de 2023 Actualizado con la Ley 2316 de 2023 que crea el tipo penal de lesiones personales con sustancias modelantes invasivas e inyectables no permitidas -biopolímeros- y dicta otras disposiciones, integradas al texto Código de Procedimiento Penal. Actualizado con las leyes 1760 de 2015; 1774, 1786 de 2016; 1826, 1851 de 2017; 1908, 1944 de 2018; 1959 de 2019; 2111, 2098 de 2021 de 2021; (2197 de 2022. Corregida por el Decreto 207 de 2022); 2205; 2213 de 2022 – Establece vigencia permanente del Decreto 806 de 2020; 2292 de 2023, integradas al texto Contiene cuadros sinópticos: •Bloque de constitucionalidad •Justicia restaurativa •Partes e intervinientes •Composición general del proceso penal acusatorio •Noticia criminis •Policía judicial •Programa metodológico art. 206 y 207 cpp. •Medios cognoscitivos •Audiencias preliminares •Audiencias de juicio oral •Alegato inicial (teoría del caso) •Debate probatorio •Alegato final •Sentido de fallo •Incidente de reparación integral •Terminación anticipada del proceso •Diferencias entre justicia retributiva y justicia restaurativa.
$95.000
Una mirada jurídica a los clásicos del rock
El Derecho, al igual que la música, siempre ha estado ‒y estará‒ presente en la vida del ser humano. Esta obra es la reivindicación del rock como medio para aprender y aprehender el derecho y como género musical. En esta, además de contar con la participación de un gran músico y de uno de los más grandes melómanos del país, académicos de diferentes universidades analizan jurídicamente doce clásicos del rock en español. Es una apuesta innovadora e irreverente, única en su especie, imperdible para todos los amantes del Derecho, el arte y el rock en español. Editor académico: Alejandro Gaviria Cardona
$120.000
Compendio de las etapas probatorias en el proceso oral colombiano
n la presente obra, se pretendió aprovechar el conocimiento que el autor ha adquirido en materia probatoria a lo largo de su carrera profesional y desde la docencia para bosquejar, en forma de compendio, la aplicación del proceso oral actual en las diversas jurisdicciones que hoy en día, dada su implementación en este campo, se hace más que necesario. Por lo tanto, y dado que en la actualidad no existe un estudio similar que profundice en gran medida el ámbito probatorio en las jurisdicciones laboral, penal, administrativa y civil
$138.000