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  • Prueba pericial: criterios de evaluación de la incapacidad permanente del trabajador para ejecutar el oficio habitual

    Prueba pericial: criterios de evaluación de la incapacidad permanente del trabajador para ejecutar el oficio habitual

    Este libro presenta el resultado final de la investigación doctoral, que surge al cuestionar cuáles son los criterios técnicos que un dictamen pericial de comprobación debe evaluar, para demostrar, en el proceso judicial, el grado de incapacidad permanente del trabajador. El manual de calificación del estado de invalidez expedido mediante decreto por el Gobierno nacional, es una disposición gubernativa, que no valora el verdadero impedimento que presenta el trabajador para ejecutar el oficio habitual, al no incorporar en el análisis (fuente de la prueba) las tareas del oficio que no realiza y/o no puede realizar el trabajador por la lesión o enfermedad. Por consiguiente, la metodología usada por los grupos evaluadores (grupos médicos de las aseguradoras y juntas regionales y nacional) no evalúa las reales limitaciones del trabajador para ejecutar el oficio. De donde, no se puede concluir con esa metodología el grado incapacidad permanente y se genera entonces, una gran injusticia dentro del proceso judicial, cuando el juez decide con un medio de prueba que no es pertinente ni útil en el proceso. El texto presenta una descripción general de la problemática actual de la prueba pericial para demostrar la incapacidad permanente laboral en el proceso judicial, en donde se discute el derecho fundamental a la pensión de invalidez y concluye, porque el dictamen que emiten los grupos evaluadores, aplicando la metodología del Decreto 1507 de 2014, no permite demostrar el supuesto de hecho que el artículo 38 de la Ley 100 y 9 de Ley 776 de 2002 establecen.

    $110.000

  • Ley Estatutaria de Administración de Justicia Ley 270 de 1996 Ley 2430 de 2024

    Ley Estatutaria de Administración de Justicia Ley 270 de 1996 Ley 2430 de 2024

    Acto Legislativo Nº 01 de 2017 Jurisdicción especial para la paz; Decreto Reglamentario 1592 de 2017 y Decreto 2107 de 2017Leyes 585 de 2000; 771 de 2002; 1285 de 2009; 1743 de 2014; 1781 de 2016Actualizada en armonía con la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) y con la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso) Con la reforma de la ley 2430 de 2024

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  • PENSIONES SISTEMA DE PILARES. Sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y la muerte de origen común

    PENSIONES SISTEMA DE PILARES. Sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y la muerte de origen común

    Después de treinta años de puesto en vigencia el primer Sistema Integral de Seguridad Social en Colombia mediante la ley 100 de 1993 el cual  recibió profundas reformas legales (leyes 797 y 860 de 2003) y constitucionales (A. L. 01 de 2005), en el año 2024 que trascurre, se ha expedido por el Congreso de la Republica la ley 2381, sancionada el 16 de julio, mediante la cual se pretendió corregir múltiples problemas que afectaban los  Regímenes pensional y de Servicios Sociales Complementarios de esa ley 100. Surgen entonces las preguntas: ¿logró corregir a nueva ley las deficiencias de dichos regímenes? ¿Qué grupos poblacionales, si es que hay varios, fueron los beneficiados y, cuáles fueron los perjudicados? ¿En verdad la juventud de hoy quedo salvaguardada en su derecho a pensionarse en el mañana o, realmente lo que se le viene es una verdadera odisea para lograr cubrir sus seguras contingencias de vejez y muerte, o el posible riesgo de invalidarse? ¿La nueva reglamentación del Régimen pensional atendió, como era su obligación, el principio de hacer progresar los derechos sociales hasta ahora reconocidos por la legislación pre existente o, se muestra retrógrada y hasta inconstitucional desde este punto de vista? Y, para no extendernos más en el cúmulo de interrogantes que origina la nueva normatividad, finalmente anotemos la pregunta del millón ¿será que dicha reforma es sostenible desde el punto de vista económico y financiero teniendo en cuenta la escases de recursos agravada por la rampante corrupción? ¿O será que lo garantizado es  un seguro debacle económico que, Dios no lo quiera, nos puede poner a las puertas de lo que fue un corralito argentino? Aspiramos  a que con los comentarios primarios que se han realizado a cada uno de los artículos de la ley 2381 cada lector pueda tratar de encontrar una respuesta a los interrogantes planteados y a todos los que pudieran surgir. La metodología de comentar artículo por artículo de la nueva normatividad la hemos asumido  por razones de tipo pedagógico y práctico con lo que tratamos de evitar teorizar sobre lo ya conocido desde hace treinta años. Esto no quiere decir que la comprensión de su contenido solo sea apto para juristas expertos en el tema. No. Al contrario, el lenguaje utilizado fue pensado para hacerlo asequible a todo interesado en el tema que al día de hoy inquieta a todos los colombianos, con razón o sin razón. Cada quien sacará sus propias conclusiones.

    $110.000

  • Revista Forum judicial. Tribunal Superior de Medellín

    Revista Forum judicial. Tribunal Superior de Medellín

    Mientras se desarrolla un software inteligente por el Consejo Superior de la Judicatura en procura primordialmente de la unificación de procedimientos y criterios en la ardua tarea que cumplen las relatorías de todos los órganos judiciales del país y que logre integrarlas, estamos comprometidos en nuestra corporación a mejorar los niveles de producción de providencias judiciales y los tiempos en las labores minuciosas de relatoría y de publicación de las más relevantes y emblemáticas, sobre todo de las que vayan trazando el camino dialéctico y cambiante del desarrollo de las líneas jurisprudenciales, utilizando para ello todas las alternativas disponibles de publicidad y difusión de nuestras providencias judiciales, como lo es, la edición y lanzamiento de la primera Revista Jurisprudencial de la Corporación auspiciada por la Editorial Jurídica Sánchez R. S.A.S. (Lijursánchez). En esta fausta oportunidad, la revista de marras contiene 30 providencias judiciales con sus respectivas fichas de relatoría, a saber: 15 de la Sala laboral, 11 de la Sala Civil y 4 de la Sala de Familia, la cual, sin lugar a duda, se convertirá también en una buena fuente de consulta de la comunidad jurídica en general y judicial del país.

    $76.000

  • Reglamento interno de trabajo y procedimiento disciplinario laboral

    Reglamento interno de trabajo y procedimiento disciplinario laboral

    La facultad disciplinaria del empleador encuentra su fundamento en la subordinación y corresponde al deber de obediencia impuesto al trabajador. Entre las cosas que permite la subordinación están: las sanciones disciplinarias y la terminación del contrato de trabajo.  En ambas atribuciones el ámbito legal colombiano ha impuesto limitaciones, en cuanto a la forma como los empleadores pueden dar por terminado un contrato. La jurisprudencia al respecto ha andado por senderos diversos, durante el trasegar del tema; a su vez la sanción disciplinaria, también ha tenido pulimento jurisprudencial, al establecerse que el empleador no puede llegar a la sanción, sin antes cumplir con los requisitos y condiciones establecidos para su legitimidad.

    $60.000

  • Código Sustantivo del Trabajo – Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, Actualizado 2025

    Código Sustantivo del Trabajo – Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, Actualizado 2025

    Código Sustantivo del Trabajo: Ley 1010 de 2006 sobre acoso laboral (modificada por la ley 1622 de 2013); Ley 1822 de 2017 nueva norma de licencia de maternidad; Ley 1823 de 2017 salas amigas de la familia lactante del entorno laboral Incluye: Ley 2088 de 2021 – trabajo en casa; Ley 2141 de 2021 – fuero de paternidad; Ley 2114 de 2021 – licencia de paternidad; Ley 2101 de 2021 – reducción jornada laboral; Ley 2121 de 2021 – régimen de trabajo remoto; Ley 2174 de 2021 isaac – establece parámetros para la protección y cuidado de la niñez en estado de vulnerabilidad especial; Ley 2209 de 2022 – prescripción de acciones por acoso laboral; Contiene reglamentación del Teletrabajo (Decreto 1227 de 2022) Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social: Decreto Ley 2158, Decreto Ley 4133 de 1948; Ley 712 de 2001, Ley 1149 de 2007 Incluye: Ley 2213 de 2022 – establece vigencia permanente del Decreto 806 de 2020 Contiene cuadros sinópticos

    $84.000

  • Mini código sustantivo del trabajo – Código procesal del trabajo y de la seguridad social, 2025

    Mini código sustantivo del trabajo – Código procesal del trabajo y de la seguridad social, 2025

    Código Sustantivo del Trabajo: Código Sustantivo del Trabajo – Decretos 2663 y 3743 de 1950 – Ley 141 de 1961 y normas modificatorias, complementarias y reglamentarias  Contiene: Ley 1010 de 2006 sobre acoso laboral (modificada por la ley 1622 de 2013) – Ley 1822 de 2017 nueva norma de licencia de maternidad – Ley 1823 de 2017 salas amigas de la familia lactante del entorno laboral Incluye: Ley 2088 de 2021 – trabajo en casa – Ley 2141 de 2021 – fuero de paternidad – Ley 2114 de 2021 – licencia de paternidad – Ley 2101 de 2021 – reducción jornada laboral – Ley 2121 de 2021 – régimen de trabajo remoto – Ley 2174 de 2021 isaac – establece parámetros para la protección y cuidado de la niñez en estado de vulnerabilidad especial – Ley 2209 de 2022 – prescripción de acciones por acoso laboral – Decreto 1227 de 2022 – reglamenta Teletrabajo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social: Decreto Ley 2158, Decreto Ley 4133 de 1948 – Ley 712 de 2001, Ley 1149 de 2007 Incluye: Ley 2213 de 2022 – establece vigencia permanente del Decreto 806 de 2020

    $49.500

  • Manual de derecho laboral individual – Parte II – Terminación del contrato de trabajo

    Manual de derecho laboral individual – Parte II – Terminación del contrato de trabajo

    Manual de derecho laboral individual. Parte II, terminación del contrato de trabajo Se tratan los siguientes temas: Las causales genéricas de terminación del contrato de trabajo, incluyendo las causales legales de terminación y las justas causas. De todas ella se hace un análisis legal, doctrinal y jurisprudencial. De igual modo, se trata la indemnización por despido injusto, como consecuencia de romper el contrato de trabajo sin la existencia de una causa que justifique, cuantificando la misma en cada clase de contrato […].

    $66.700

  • La oralidad laboral

    La oralidad laboral

    Cuando aún nos encontrábamos adaptándonos a la normatividad del Código General del Proceso, aplicable obligatoriamente al proceso laboral cuando haya falta de reglamentación en el Código especializado conforme lo ordena el artículo 1.o de aquel, nos enfrentamos a la pandemia del COVID-19 que puso a la justicia y, en general, a todo el país y al mundo frente a una suspensión de actividades que conllevó el represamiento de la litigiosidad con todas sus consecuencias negativas. Con el fin de afrontar dicha pandemia y sus nefastas consecuencias, mas no con el de poner la justicia a tono con las tecnologías de la información y las comunicaciones, se dictó por el Gobierno nacional el Decreto Legislativo 806 de 2020 que impuso la utilización de mecanismos técnicos que evitaran el contagio de los funcionarios, los empleados y los usuarios de la justicia y, de esta manera, hacer posible la operatividad de la justicia así sea en su mínima expresión. La idea tuvo buenos resultados ya que nos introdujo, en forma obligada, en la utilización de dichas tecnologías que fue la herramienta utilizada para lograr ese objetivo de sanidad, hasta el punto de que el Congreso le dio vida permanente al decreto extraordinario mediante la Ley 2213 de 2022. Se estableció con dicha medida legislativa una regla general para el trámite de los procesos en la casi totalidad de las jurisdicciones: su adelantamiento se surtirá por medio de audiencias virtuales quedando la presencialidad vigente solo para situaciones excepcionales de lo cual el juez deberá dejar la respectiva constancia en la actuación. Esa regla general que se muestra tan simple en su enunciado, trajo serias reformas a los procedimientos que, en forma obligatoria, se deberán tener en cuenta no obstante que expresamente dispuso la referida ley que sus normas tendrían carácter complementario de las que conforman los códigos especializados, mas no derogatorios ni reformatorios de estas, dado que el objeto de la Ley 2213 fue imponer el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el trámite del proceso. Con el fin de adentrarnos en el entendimiento y la aplicación correcta de las normas que configuran la Ley 2213 de 2022 se ha pensado en esta nueva edición. Para cumplir con ese objetivo se hará referencia a los pronunciamientos de las Altas Cortes en donde se ha abordado su estudio. Desde luego que también se aprovecha la oportunidad no solo para ponerla a tono con las últimas decisiones de carácter destacable tomadas por aquellas en materia procesal, sino para introducir algunos temas nuevos que en las ediciones anteriores no se habían tocado. Se conserva nuestro sentido crítico constructivo en la exposición lo que se aprovecha para poner de presente asuntos que ameritan a gritos alguna reforma.

    $170.000

  • Derecho procesal del trabajo y de la seguridad social. Parte especial

    Derecho procesal del trabajo y de la seguridad social. Parte especial

    Desprevenidamente suele a menudo asimilarse los términos «proceso» y «procedimiento»; por ello es preciso hacer claridad conceptual entre estos vocablos para diluir equívocos existentes.Etimológicamente, ambos términos provienen del termino «procedere» que significa «avanzar», «poner en marcha», o «en movimiento», «desarrollar», etc; sin embargo, son términos disímiles.En efecto, todo proceso requiere para su ejecución o desarrollo de un procedimiento, pero no todo procedimiento es un proceso. Un ejemplo de existencia de procedimiento sin proceso lo encontramos en el artículo 120 del CPTSS que le otorga la facultad a los menores que carecen de representante legal, de nombrar cuaradores para que ejerciten por ellos las acciones laborales que emanen del contrato de trabajo. Si el juez estimare que no es idóneo, le nombrará uno para la litis.Desprevenidamente suele a menudo asimilarse los términos «proceso» y «procedimiento»; por ello es preciso hacer claridad conceptual entre estos vocablos para diluir equívocos existentes.Etimológicamente, ambos términos provienen del termino «procedere» que significa «avanzar», «poner en marcha», o «en movimiento», «desarrollar», etc; sin embargo, son términos disímiles.

    $46.000

  • Código sustantivo del trabajo y codigo  procesal del trabajo y de la seguridad  social

    Código sustantivo del trabajo y codigo procesal del trabajo y de la seguridad social

    10 en stock

    Obra que tiene como núcleo temático el Código Sustantivo del Trabajo y el Código Procesal del Trabajo, complementado con concordancias y normas reglamentarias (suplemento). Su objetivo es ofrecer un servicio informativo jurídico en el área.

    10 en stock

    $95.900

  • Técnicas de litigación y conciliación aplicadas al proceso laboral

    Técnicas de litigación y conciliación aplicadas al proceso laboral

    El nuevo proceso laboral peruano y la oralidad en el proceso — Técnicas de conciliación aplicadas al proceso laboral — Los abogados y los medios alternativos de resolución de conflictos — Guia práctica de litigación en materia laboral — Técnicas de litigación oral — Teoría del caso — Alegato de apertura — El examen directo — El contraexamen — Las objeciones — Uso de declaraciones previas — Prueba material, documental y otros medios de prueba — Examen y contra examen de peritos — Técnicas avanzadas de contraexamen — Alegato de clausura — Conciliación extrajudicial especializada en materia laboral conforme a la ley de conciliación — Conciliación en materia laboral — Contenidos de los cursos de conciliación especializada en materia laboral — Apéndice normativo.

    $95.000

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