
Laboral
Manual de derecho laboral individual
Se estableció como meta comentar temas relativos al derecho laboral individual, pero dada su extensión, se ha divido en tres partes: – Una breve historia del derecho del trabajo contenida en el Capítulo I, así como también la naturaleza y definición. – Los principios constitucionales y legales del derecho del trabajo y el desarrollo de los más importante, visible en Capítulo II. – La aplicación del Código Sustantivo del Trabajo y sus fuentes formales, que hacen parte del Capítulo III. – Todo lo concerniente al contrato de trabajo, elementos, naturaleza jurídica, características y modalidades, que integran el capitulo IV. – En el Capítulo V, se tratan los siguientes temas: representante del empleador, intermediarios y contratistas independientes. – En el Capítulo VI todo lo concerniente a la suspensión del contrato de trabajo Se estableció como meta comentar temas relativos al derecho laboral individual, pero dada su extensión, se ha divido en tres partes: -Una breve historia del derecho del trabajo contenida en el Capítulo I, así como también la naturaleza y definición. -Los principios constitucionales y legales del derecho del trabajo y el desarrollo de los más importante, visible en Capítulo II. -La aplicación del Código Sustantivo del Trabajo y sus fuentes formales, que hacen parte del Capítulo III. -Todo lo concerniente al contrato de trabajo, elementos, naturaleza jurídica, características y modalidades, que integran el capitulo IV. -En el Capítulo V, se tratan los siguientes temas: representante del empleador, intermediarios y contratistas independientes. -En el Capítulo VI todo lo concerniente a la suspensión del contrato de trabajo.
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Derecho procesal del trabajo y de la seguridad social. Parte especial
Desprevenidamente suele a menudo asimilarse los términos «proceso» y «procedimiento»; por ello es preciso hacer claridad conceptual entre estos vocablos para diluir equívocos existentes.Etimológicamente, ambos términos provienen del termino «procedere» que significa «avanzar», «poner en marcha», o «en movimiento», «desarrollar», etc; sin embargo, son términos disímiles.En efecto, todo proceso requiere para su ejecución o desarrollo de un procedimiento, pero no todo procedimiento es un proceso. Un ejemplo de existencia de procedimiento sin proceso lo encontramos en el artículo 120 del CPTSS que le otorga la facultad a los menores que carecen de representante legal, de nombrar cuaradores para que ejerciten por ellos las acciones laborales que emanen del contrato de trabajo. Si el juez estimare que no es idóneo, le nombrará uno para la litis.Desprevenidamente suele a menudo asimilarse los términos «proceso» y «procedimiento»; por ello es preciso hacer claridad conceptual entre estos vocablos para diluir equívocos existentes.Etimológicamente, ambos términos provienen del termino «procedere» que significa «avanzar», «poner en marcha», o «en movimiento», «desarrollar», etc; sin embargo, son términos disímiles.
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El derecho procesal del trabajo y de la seguridad social Parte general
La presente edición conserva la estructura temática de las anteriores ediciones a saber: generalidades, principios fundamentadores del Derecho Procesal Laboral, conciliación laboral, reclamación administrativa, incidentes, conflictos laborales, demanda, contestación de demanda, notificaciones, recursos ordinarios y extraordinarios, grado jurisdiccional de consulta y régimen probatorio. La novedad de esta obra, estriba en la actualización de dos temas puntuales: (i) El relativo a la conciliación consagrado en la Ley 2220 de 2022, que amplió la competencia para llevar a cabo la conciliación extrajudicial, otorgándosela también a los jueces laborales, y (ii) El concerniente a la Ley 2213 de 2022, que consagró una nueva forma de presentación de demanda, un método complementario de otorgamiento de poder y una nueva forma y complementaria de llevar a cabo la notificación personal.
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Culpa patronal. Criterios objetivos orientadores para la cuantificación del perjuicio moral
Culpa patronal. Criterios objetivos orientadores para la cuantificación del perjuicio moral
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Diccionario jurídico aplicado
Diccionario
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La oralidad laboral
Cuando aún nos encontrábamos adaptándonos a la normatividad del Código General del Proceso, aplicable obligatoriamente al proceso laboral cuando haya falta de reglamentación en el Código especializado conforme lo ordena el artículo 1.o de aquel, nos enfrentamos a la pandemia del COVID-19 que puso a la justicia y, en general, a todo el país y al mundo frente a una suspensión de actividades que conllevó el represamiento de la litigiosidad con todas sus consecuencias negativas. Con el fin de afrontar dicha pandemia y sus nefastas consecuencias, mas no con el de poner la justicia a tono con las tecnologías de la información y las comunicaciones, se dictó por el Gobierno nacional el Decreto Legislativo 806 de 2020 que impuso la utilización de mecanismos técnicos que evitaran el contagio de los funcionarios, los empleados y los usuarios de la justicia y, de esta manera, hacer posible la operatividad de la justicia así sea en su mínima expresión. La idea tuvo buenos resultados ya que nos introdujo, en forma obligada, en la utilización de dichas tecnologías que fue la herramienta utilizada para lograr ese objetivo de sanidad, hasta el punto de que el Congreso le dio vida permanente al decreto extraordinario mediante la Ley 2213 de 2022. Se estableció con dicha medida legislativa una regla general para el trámite de los procesos en la casi totalidad de las jurisdicciones: su adelantamiento se surtirá por medio de audiencias virtuales quedando la presencialidad vigente solo para situaciones excepcionales de lo cual el juez deberá dejar la respectiva constancia en la actuación. Esa regla general que se muestra tan simple en su enunciado, trajo serias reformas a los procedimientos que, en forma obligatoria, se deberán tener en cuenta no obstante que expresamente dispuso la referida ley que sus normas tendrían carácter complementario de las que conforman los códigos especializados, mas no derogatorios ni reformatorios de estas, dado que el objeto de la Ley 2213 fue imponer el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el trámite del proceso. Con el fin de adentrarnos en el entendimiento y la aplicación correcta de las normas que configuran la Ley 2213 de 2022 se ha pensado en esta nueva edición. Para cumplir con ese objetivo se hará referencia a los pronunciamientos de las Altas Cortes en donde se ha abordado su estudio. Desde luego que también se aprovecha la oportunidad no solo para ponerla a tono con las últimas decisiones de carácter destacable tomadas por aquellas en materia procesal, sino para introducir algunos temas nuevos que en las ediciones anteriores no se habían tocado. Se conserva nuestro sentido crítico constructivo en la exposición lo que se aprovecha para poner de presente asuntos que ameritan a gritos alguna reforma.
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Sanción moratoria en el sector público
El Decreto 3118 de 1968, creó el Fondo Nacional del Ahorro y dispuso que cada año calendario, contado a partir del 01 de enero de 1969, los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales del Estado, liquidarán la cesantía causada anualmente a favor de sus trabajadores o empleados. La liquidación practicada será definitiva y no está sujeta a reliquidación, así varíe la remuneración en los años subsiguientes. La norma en mención, inicialmente fijó un interés del 9% anual sobre las cantidades que al 31 de diciembre de cada año […].
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Cartilla laboral 2025
La Cartilla Laboral ofrece un servicio práctico y de fácil consulta en la que se describen de forma didáctica las normas relacionadas con la celebración, ejecución y terminación del contrato de trabajo del sector privado.También podrá encontrar modelos de contratos y soluciones a situaciones relacionadas con: manejo del salario, liquidaciones de prestaciones sociales, actualizaciones jurisprudenciales, vacaciones y ayudas prácticas en el suplemento.
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Código sustantivo del trabajo y codigo procesal del trabajo y de la seguridad social
Obra que tiene como núcleo temático el Código Sustantivo del Trabajo y el Código Procesal del Trabajo, complementado con concordancias y normas reglamentarias (suplemento). Su objetivo es ofrecer un servicio informativo jurídico en el área.
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Código Sustantivo del Trabajo – Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, Actualizado
Decretos 2663 y 3743 de 1950 Ley 141 de 1961 y normas modificatorias, complementarias y reglamentarias Contiene: Ley 1010 de 2006 sobre acoso laboral (modificada por la ley 1622 de 2013) Ley 1822 de 2017 nueva norma de licencia de maternidad Ley 1823 de 2017 salas amigas de la familia lactante del entorno laboral Incluye: Ley 2088 de 2021 – trabajo en casa Ley 2141 de 2021 – fuero de paternidad Ley 2114 de 2021 – licencia de paternidad Ley 2101 de 2021 – reducción jornada laboral Ley 2121 de 2021 – régimen de trabajo remoto Ley 2174 de 2021 isaac – establece parámetros para la protección y cuidado de la niñez en estado de vulnerabilidad especial Ley 2209 de 2022 – prescripción de acciones por acoso laboral Contiene reglamentación del Teletrabajo (Decreto 1227 de 2022) Ley 2388 de 2024, Familia de Crianza Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social Decreto Ley 2158, Decreto Ley 4133 de 1948 Ley 712 de 2001, Ley 1149 de 2007 Incluye: Ley 2213 de 2022 - establece vigencia permanente del Decreto 806 de 2020 Contiene cuadros sinópticos
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Técnicas de litigación y conciliación aplicadas al proceso laboral
El nuevo proceso laboral peruano y la oralidad en el proceso — Técnicas de conciliación aplicadas al proceso laboral — Los abogados y los medios alternativos de resolución de conflictos — Guia práctica de litigación en materia laboral — Técnicas de litigación oral — Teoría del caso — Alegato de apertura — El examen directo — El contraexamen — Las objeciones — Uso de declaraciones previas — Prueba material, documental y otros medios de prueba — Examen y contra examen de peritos — Técnicas avanzadas de contraexamen — Alegato de clausura — Conciliación extrajudicial especializada en materia laboral conforme a la ley de conciliación — Conciliación en materia laboral — Contenidos de los cursos de conciliación especializada en materia laboral — Apéndice normativo.
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El derecho procesal del trabajo y la seguridad social
Son muchas las definiciones que se han ensayado sobre esta materia. Traemos a colación las siguientes:Fabián Vallejo Cabrera, dice que es “el conjunto de preceptos, principios, valores y sistemas que rigen la función jurisdiccional del Estado a fin de garantizar los derechos y con ello la observancia del ordenamiento jurídico”. Rafael Del Pina, por su parte, informa que “es la disciplina que estudia las instituciones procesales del trabajo con finalidades y métodos científicos”.Juan Ramírez Gronda, afirma que es un “conjunto de normas y de principios especialmente destinados a regular los procesos tendientes a dirimir las controversias que surgen de las relaciones de trabajo”.Se advierte, que si bien es cierto que el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social tiende a solucionar conflictos surgidos de las relaciones de trabajo; también lo es, que en ocasiones resuelve controversias que no dimanan de ella, como por ejemplo, cuando se discute el otorgamiento de una pensión de sobreviviente por parte de un beneficiario; o cuando un trabajador independiente, discute una pensión de vejez con una Administradora de Fondo de Pensiones “AFP”Son muchas las definiciones que se han ensayado sobre esta materia. Traemos a colación las siguientes:Fabián Vallejo Cabrera, dice que es “el conjunto de preceptos, principios, valores y sistemas que rigen la función jurisdiccional del Estado a fin de garantizar los derechos y con ello la observancia del ordenamiento jurídico”. Rafael Del Pina, por su parte, informa que “es la disciplina que estudia las instituciones procesales del trabajo con finalidades y métodos científicos”.Juan Ramírez Gronda, afirma que es un “conjunto de normas y de principios especialmente destinados a regular los procesos tendientes a dirimir las controversias que surgen de las relaciones de trabajo”.
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