«Este trabajo académico y práctico, pretende ser una introducción seria y profunda al estudio del nuevo código general del proceso, haciendo énfasis en la constitucionalización y oralidad que dicho código contiene, quiere resaltar la novedad no solo jurídica, sino social y económica que implica la adopción del proceso con carácter monitorio en nuestro país, pues hacía falta este tipo de procedimiento ágil, expedito y sin complicaciones para acercar más al ciudadano a una “buena” justicia que le permita accionar sin intermediarios y de manera directa a los jueces civiles en este caso, por eso, se ha venido en llamar la tutela del crédito.Esperamos que este trabajo que hoy inicia, solo sea el primero dentro de un fructífero y apasionante desarrollo que de la jurisprudencia de las Altas Cortes, tribunales y juzgados en la práctica diaria, hagan de este proceso monitorio una verdadera novedad que contribuya a la descongestión judicial, la efectividad de los derechos económicos y la convivencia pacífica entre los Colombianos».«Este trabajo académico y práctico, pretende ser una introducción seria y profunda al estudio del nuevo código general del proceso, haciendo énfasis en la constitucionalización y oralidad que dicho código contiene, quiere resaltar la novedad no solo jurídica, sino social y económica que implica la adopción del proceso con carácter monitorio en nuestro país, pues hacía falta este tipo de procedimiento ágil, expedito y sin complicaciones para acercar más al ciudadano a una “buena” justicia que le permita accionar sin intermediarios y de manera directa a los jueces civiles en este caso, por eso, se ha venido en llamar la tutela del crédito.Esperamos que este trabajo que hoy inicia, solo sea el primero dentro de un fructífero y apasionante desarrollo que de la jurisprudencia de las Altas Cortes, tribunales y juzgados en la práctica diaria, hagan de este proceso monitorio una verdadera novedad que contribuya a la descongestión judicial, la efectividad de los derechos económicos y la convivencia pacífica entre los Colombianos».«Este trabajo académico y práctico, pretende ser una introducción seria y profunda al estudio del nuevo código general del proceso, haciendo énfasis en la constitucionalización y oralidad que dicho código contiene, quiere resaltar la novedad no solo jurídica, sino social y económica que implica la adopción del proceso con carácter monitorio en nuestro país, pues hacía falta este tipo de procedimiento ágil, expedito y sin complicaciones para acercar más al ciudadano a una “buena” justicia que le permita accionar sin intermediarios y de manera directa a los jueces civiles en este caso, por eso, se ha venido en llamar la tutela del crédito.
Con este libro se pretende adentrar al lector en las nuevas dinámicas de la práctica y aplicación de la prueba judicial, que el denominado Código General del Proceso implanta en el sistema jurídico colombiano; para ello, se parte del concepto general de la prueba, sus principios y su práctica dentro de la oralidad procesal, revisando uno a uno los medios probatorios con fundamento en las teorías tradicionales esbozadas y sostenidas por reconocidos teóricos del derecho probatorio procesal. Busca el autor, ademas dar claridad a la aplicación de la prueba en los diferentes procesos regulados en las novísima codificación procesal, sin pretender eso sí, dar la última palabra al respecto, pues hay que tener en cuenta que ya con el antiquísimo Código de Procedimiento Civil colombiano […].
En un mundo cada vez más complejo, donde la verdad se oculta tras
capas de intereses, tecnología y silencio, surge la figura del investigador
privado como una pieza clave en la búsqueda de justicia. La esencia del
investigador privado y su rol en el sistema judicial mundial no es solo un
libro: es una mirada profunda al compromiso, la ética, las herramientas
y los desafíos que enfrenta quien se dedica a descubrir lo que otros
quieren ocultar.
Desde los casos civiles hasta los procesos penales, desde el fraude
corporativo hasta la localización de personas, el investigador privado
moderno debe dominar no solo el arte de observar, sino también la
ciencia de interpretar, analizar y documentar. Esta obra revela el
verdadero valor del investigador como puente entre la verdad y el
derecho, resaltando su impacto en los sistemas judiciales a nivel global.
Un viaje que honra la labor silenciosa pero trascendental de quienes
hacen de la verdad su causa, de la discreción su virtud y de la justicia su
destino.
Esta segunda edición del Manual de Derecho Disciplinario, mantiene su esencia
como texto pedagógico de referencia para profesionales del derecho, operadores
disciplinarios y ciudadanos en general que buscan comprender las bases
conceptuales y procedimentales del derecho disciplinario colombiano. Fiel al
propósito que la originó, la obra no pretende ser un tratado exhaustivo, sino una
guía clara y accesible que privilegie la comprensión del régimen disciplinario
Colombiano.
En esta edición se actualiza y profundiza el análisis del Código General
Disciplinario, Ley 1952 de 2019, modificada por la Ley 2094 de 2021,
reconociendo el lugar que el derecho disciplinario ha conquistado como rama
autónoma dentro del derecho administrativo sancionador. Se destacan las
innovaciones legislativas que amplían las garantías fundamentales de los sujetos procesales, consagran la dignidad humana como eje axiológico de las actuaciones disciplinarias y abren la puerta a un diálogo con el derecho internacional de los derechos humanos, configurando lo que los autores denominan una constitucionalización del derecho disciplinario. La obra conserva su recorrido por las etapas del proceso disciplinario en lenguaje comprensible para todo tipo de lector, y presenta, en esta nueva versión, un análisis renovado sobre la discusión en torno a la convencionalidad de las competencias disciplinarias de la Procuraduría General de la Nación frente a funcionarios elegidos por voto popular. Los autores formulan dos propuestas concretas orientadas a armonizar el régimen disciplinario colombiano con el estándar interamericano, ofreciéndolas como puntos de partida para el debate académico e institucional, sin pretender agotar la discusión. Una lectura obligada para quienes ejercen, estudian o aplican el derecho disciplinario en Colombia.
No se trata de un estudio profundo legal ni jurisprudencial el que ofrecemos en este libro. Tampoco se trata de hacer una transcripción de todas las disposiciones legales ni de explicar cada uno de los artículos que las contienen y sus procedimientos. Buscamos dar algunas luces con fundamento en las disposiciones legales vigentes, a las preguntas que en lo cotidiano las personas se formulan, debiendo por supuesto en aquellos casos de menor ocurrencia o de mayor complejidad acudir a la asesoría de un profesional versado en el tema.
Pretendemos entonces poner en conocimiento algunos conceptos generales sobre los temas de mayor relevancia u ocurrencia al interior de las familias, haciendo claridad sobre cuáles son las vías más propicias para procurar solucionar las diferencias que tanto daño hacen al núcleo familiar y que tal vez con una adecuada asesoría y desde luego a partir de darlas a conocer, se puede sobre ellas dar una solución que permita avanzar en la convivencia pacífica.
Los te mas se presentan en forma de preguntas y respuestas y en un lenguaje comprensible a las personas y a aquellos profesionales del derecho que tengan interés en ellos y que puedan servir como aporte al conocimiento que ya posean al respecto.
En otros libros publicaos por el autor se han decantado ya más a fondo las disposiciones sustantivas y los procedimientos que corresponden al extenso derecho de familia y que por lo reciente de aquellas publicaciones aún hoy pueden consultarse si de profundizar y encontrar mejores respuestas se trata.
La Valoración de la Prueba: El objetivo general de esta obra (elaborada como investigación) es realizar un análisis legal, doctrinal y jurisprudencial sobre la valoración probatoria en los casos de responsabilidad médica; y observar el arraigo de la norma en la problemática jurídica que se presenta entre pacientes e instituciones prestadoras de salud, con el manejo documental reglado enfocando la historia clínica, donde se puede evidenciar el fenómeno jurídico de la culpa, por vía de referencia, hasta hace muy poco relativamente campeaba la tesis de la irresponsabilidad civil del médico, en líneas de principio, la que se estimaba racional y bien fundada, a pretexto que el paciente debía asumir los riesgos y vicisitudes del acto médico. Al fin al cabo se argumentaba, el galeno era una especie de salvador, a la vez que un letrado en su arte, el que se consideraba “conjetural”. Y que cuando se admitió, luego de múltiples, concienzudos y justicieros razonamientos, fue sobre la base de una responsabilidad extracontractual, y no de una contractual, principalmente en atención a consideración de índole probatoria -por aquello de que la culpa se ha entendido que se presume en la referida esfera contractual, no así en la extracontractual, en línea de principio-, en todo lo cual la jurisprudencia, hay que reconocerlo, fue determinante, tanto más cuanto que el movimiento codificador, expressis verbis, no se ocupó de este tema ni tampoco de la responsabilidad de los otros profesionales liberales.
La Causalidad en el Acto Médico: Al tratar el tema de la Responsabilidad Médica, se aboca el acto médico, desde la complejidad de su esencia y su naturaleza; por cuanto se está frente a una ciencia humanística, cuyos cambios operan diariamente con los estudios e investigaciones comparativas a todo género viviente.
En materia de compensación de los perjuicios inmateriales por daño a la
salud y de la vida de relación, en el Consejo de Estado y la Corte
Suprema de Justicia, desde el nacimiento de esta subcategoría, se han
emitido fallos que para los planteamientos de esta investigación generan
violación al derecho de igualdad, y se constituye en un claro
quebrantamiento al principio de reparación integral de las víctimas, por
cuanto el resarcimiento económico a falta de baremos compensatorios y
el arbitrio judicial cómo criterio subjetivo del juzgador no son suficientes
para satisfacer aspectos de igualdad, dado el matiz poco estructurado de
elementos axiológicos, antropológicos, filosóficos y psicológicos, sobre la
magnitud de este como criterio omnicomprensivo del ser humano en la
pérdida de esos aspectos sustanciales de la vida. Desde esa óptica
hacemos críticas profundas al sistema existente y planteamos
recomendaciones de cómo llevarlos al plano de la igualdad, pues el
sistema de competencias judiciales en Colombia no puede ser óbice de
criterios desiguales frente a daños de semejante identidad.
Sin lugar a dudas que con ocasión del proceso formativo en la ciencia jurídica se hace menester la búsqueda permanente del aprestamiento académico en consonancia con los avances y desarrollos fenomenológicos. Tal periplo supone la realización de múltiples ejecuciones de naturaleza investigativa y científica; no obstante, ello debe acompasarse con la realidad contextual y ecuménica.Por otra parte, estas reflexiones doctrinales se hallan orientadas a realizar una exploración –que es al mismo tiempo descriptiva, comprensiva y crítica– en relación con la categoría jurídica contrato, el cual puede entenderse como aquel instrumento del Derecho Privado (en este caso) que hace posible las interacciones socio-jurídicas en el tráfico negocial; a partir de tal figura se realiza una propuesta doctrinal respecto a sus alcances de cara al contraste que tradicionalmente tal cometido ha gestado, por una parte, con el negocio jurídico, por la otra, con las obligaciones y ?nalmente con las reglas hermenéuticas que le asisten dada su insoslayable evolución ético-social. ?Sin lugar a dudas que con ocasión del proceso formativo en la ciencia jurídica se hace menester la búsqueda permanente del aprestamiento académico en consonancia con los avances y desarrollos fenomenológicos. Tal periplo supone la realización de múltiples ejecuciones de naturaleza investigativa y científica; no obstante, ello debe acompasarse con la realidad contextual y ecuménica.
El régimen de insolvencia empresarial y el régimen de insolvencia para
personas naturales no comerciantes no son asuntos de poca monta. La
legislación de uno y otro ha evolucionado en razón de múltiples
factores socio económicos que obligan a la adaptación o modernización
normativa.
Es así que la Ley 1116 de 2006 estableció el Régimen de Insolvencia
Empresarial, norma que no ha sido objeto de mayores reformas, pero sí
de numerosos decretos que propenden por su reglamentación.
En cuanto al Régimen de Insolvencia de Personas Naturales no
Comerciantes, éste se estableció en la Ley 1380 de 2010 la cual fue
declarada inexequible por la Corte Constitucional, mediante la
Sentencia C-685/2011 de 19 de septiembre de 2011, Magistrado Ponente
Humberto Antonio Sierra Porto. Sin embargo, la Ley 1564 de 2012
(Código General del Proceso), estableció en el Libro Tercero, Sección
Tercera, Título IV (artículos 531 a 576) el proceso relativo a la insolvencia
de personas naturales no comerciantes, el cual está reglamentado por
el Decreto 2677 de 2012 y dicha normativa fue modificada por la Ley
2455 de 2055 que cambió todo el Título IV del Código General del
Proceso
Ley 550 de 1999 régimen de insolvencia entes
territoriales
Ley 1116 de 2006 régimen de insolvencia empresarial
Ley 2445 de 2025 régimen de insolvencia de personas
naturales no comerciantes y pequeñas comerciantes
Leyes 84 de 1873; 57 y 153 de 1887, 67 de 1930; 45 y 50 de 1936; 165 de 1941; 201 de 1959; 1 de 1976; 29 de 1982; 11 de 1984; 25 de 1992; 222 de 1995; 791 de 2002; 820 de 2003; 1060, 1098 y 1116 de 2006; 1306 de 2009; 1564 y 1579 de 2012; 1676 de 2013; 1774 de 2016; 1934 de 2018; 1996 de 2019; 2097, 2129 y 2089 de 2021. Contiene la Ley 2229 de 2022 - Crea el régimen especial de visitas entre abuelos y nietos, y se impide al victimario ser titular del derecho de visitas a su víctima y los hermanos de ésta. Ley 2388 de 2024, Familia de Crianza, Ley 2442 de 2024, Divorcio por Voluntad Unilateral Decretos 1260 de 1970; 2820 de 1974; 772 de 1975; 12 de 1984; 1712 de 1989 Decreto 1310 de 2022 - Reglamentario de la Ley 2097 de 2022 sobre Registro de Deudores Alimentarios Morosos - REDAM Se incluyen las inexequbilidades de los artículos 34, 117 y 124 sobre matrimonio de menores de edad. Sentencia C-039/2025 Contiene la Ley 2447 de2025. Uniones tempranas en las cuales uno o ambos contrayentes o compañeros permanentes sean menores de 18 años
Esta obra se trata el Proceso de jurisdicción coactiva en sus distintas manifestaciones. Se habla de su historia, de su naturaleza jurídica. Se analiza el proceso ejecutivo fiscal propiamente dicho, que se realiza por los jueces civiles de circuito; también el procedimiento administrativo coactivo (cobro coactivo), se tramita ante la DIAN. De igual modo, se estudia el proceso coactivo fiscal-financiero, que corresponde a las distintas contralorías. Igualmente se habla del proceso coactivo de la contribución de valorización.