
Novedades
El proceso ejecutivo ante el juez administrativo: Facultades para el saneamiento de las irregularidades procesales
El presente libro recorre los aspectos jurídicos y prácticos del proceso ejecutivo ante el juez contencioso administrativo. Para facilitar esa tarea, se ha desglosado el tema en tres capítulos. En el primero, se exponen los fundamentos esenciales de este tipo de proceso: su objeto, las características del título ejecutivo, la clasificación de las obligaciones y los aspectos relacionados con la jurisdicción y competencia. El segundo capítulo se enfoca en la estructura procesal de la acción ejecutiva, empezando por el contenido y requisitos formales de la demanda, hasta las decisiones de inadmisión o rechazo, la negación del mandamiento ejecutivo, el recurso de reposición, la liquidación del crédito y el embargo. El tercer capítulo aborda un aspecto complejo y cada vez más frecuente en la práctica judicial: las “irregularidades” que pueden presentarse en el trámite del proceso ejecutivo. En este acápite se hace mención de los diferentes mecanismos a los que se puede acudir para salvar estas situaciones, apelando para ello a la jurisprudencia de las altas cortes. El propósito del texto es brindar una herramienta práctica para el juez y los litigantes respecto de algunos temas puntuales del proceso ejecutivo, exponiendo de forma sencilla los inconvenientes que pueden surgir y sus posibles soluciones.
$65.000
Las redes sociales aplicaciones de mensajeria instantanea y delitos informaticos a la luz del derecho probatorio colombiano
La presente contribución doctrinal, surge de la necesidad de educar al público académico, personal discente y a profesionales con conocimientos profundo en derecho. Esto se debe a la vorágine que ha impactado el ámbito jurídico y judicial colombiano, especialmente en lo relacionado con el derecho probatorio, las tecnologías de la información y los desafíos en materia de ciberseguridad. En este contexto, el lector puede encontrar un contenido que exponen adecuadamente, no solo aspectos terminológicos, sino prácticos, que redundan en la incorporación probatoria pertinente. Del mismo modo, ante la presencia recurrente de la inteligencia artificial en la justicia, era necesario incorporar una crítica sobre esta tecnología en el campo judicial robusteciendo la presente obra y aportando un material indispensable para comprender las mutaciones del derecho en tiempos de transformación digital. En ese sentido, para poder cumplir con un contenido académico relevante, se abordó el presente texto desde un componente técnico y jurídico de la prueba, enfatizando tanto los criterios de autenticidad, integridad y admisibilidad, como los retos ético- normativos asociados a la privacidad, la protección de derechos fundamentales y el debido proceso. Por tanto, esta nueva publicación teórico-práctica que se presenta permite a los abogados, jueces, fiscales, defensores, investigadores, estudiantes y estudiosos del derecho, orientarse doctrinalmente en un entorno donde las pruebas y las evidencias ya no se imprimen, sino que se cifran; donde las declaraciones se encuentran en pantallas y no en estrados; donde la justicia, sin abandonar su vocación humanista, ha de insertarse en el análisis de la lógica de los algoritmos, los metadatos y su sabia. incorporación al proceso. Con ocasión de esto, la presente obra es un llamado urgente a repensar el rol de la prueba y la evidencia, el alcance del proceso judicial y la vigencia de los principios jurídicos tradicionales frente a las lógicas disruptivas de la era digital. Este texto, en definitiva, no es solo un libro, sino un acto de anticipación académica frente al porvenir del derecho en el siglo XXI.
$180.000
Tipología Penal de los Juegos de Suerte y Azar
Tipología penal de los juegos de suerte y azar es un llamado a repensar el rol del Estado y de la justicia en la protección de los bienes públicos y los derechos fundamentales de los ciudadanos. El compromiso con el combate a la ilegalidad en los juegos de azar no es solo una cuestión económica, sino una responsabilidad social que incide directamente en el derecho a la vida, la salud y la dignidad de los colombianos. Este texto invita a todos los actores implicados a sumar esfuerzos para garantizar que los recursos generados por esta actividad se destinen efectivamente al mejoramiento del sistema de salud y al bienestar de la población más vulnerable. En el desarrollo del texto, se analiza la génesis del monopolio, en este caso, de los juegos de suerte y azar, y ha sido de sorpresa para muchos que la República de Colombia es de las pocas en el mundo que ostenta una destinación específica para la distribución de este, acorde con el artículo 336 de la Constitución Política. La necesidad de abarcar la simultaneidad de tipos penales, no solo la del artículo 312 del Código Penal del ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico, conduce, por el contrario, a poder llevar a la justicia a todos quienes atenten ya no tan solo en contra del derecho a la salud, eventualmente más bien atentan contra el derecho a la vida de miles de colombianos; es necesario llevarlos a la justicia con otras figuras, tales como el lavado de activos, el concierto para delinquir, la estafa, la extinción de dominio, entre otras. Por último, sin que sea menos importante, hacer patria no solo se constituye en lo que nuestros antiguos próceres diligenciaron en favor de nuestra historia para la consolidación de nuestro Estado colombiano, sino que también se hace a partir del cumplimiento de nuestras obligaciones como funcionarios públicos, ya que solo en esta medida seguiremos contribuyendo a la fortaleza de esta.
$140.000
Legislario nacional
Era necesario ofrecer a los distintos profesionales, un libro que recogiera parte de la historia legislativa del país y lo hiciera siguiendo la metodología de un diccionario; es decir, sistematizándolas alfabéticamente, organizándolas cronológicamente, precisando su vigencia e inexequibilidad (por registro histórico) y creando espectros temáticos, que le permitan en un momento determinado al consultante, absolver de manera pronta y eficiente su inquietud.Así, nace la idea de este «Legislario Nacional», inicialmente pensado como manera de crear una fuente global desde el año 1819; no obstante, viene a buena oportunidad la Ley 2085 de 03 de marzo de 2021 que adopta la figura de la depuración normativa, se decide la perdida de vigencia y se derogan expresamente normas de rango legal; pese a lo anterior, creímos conveniente, incluir normatividad antes de 1991 que permite recordar hechos y fundaciones que hoy hacen parte de la institucionalidad colombiana o que es, un valor cultural e histórico de especial remembranza y eternidad.Provechoso, es decir, que esta trabajosa exploración y recaudo realizado, ha permitido viajar por distintas épocas y para dar un límite temporal de actualidad, tomamos como punto referente la Constitución de 1991, hasta hoy, con un aproximado de 2.500 leyes de todas las índoles, sin dejar de lado épocas de pasado comprendido desde 1810 y siguientes.Ahí, en esa inmersión a la profundidad de la historia legislativa nuestra, es fácil detectar la tendencia repetitiva de costumbres parlamentarias, algunas para llegar al extremo de la adulación y a la inclinación reverencial del honor y exaltaciones indistintas (pero no a quien justamente las mereciera), además, se percibe en lo penal, una represión silenciosa y una tendencia a reformar la ley procesal penal constantemente, acomodándola casi siempre a la negligencia institucional u oficial.Toda está etopeya, nos muestra dos fenómenos recurrentes: la «hiperlegislación» y la «panlegislación». Lo primero, responde a la improvisación de los parlamentarios en su oficio y tarea legislativa que incluso la han llevado al extremo del populismo y de la law fare (‘law’ y ‘warfare’) volver la función legislativa un instrumento obstructor de los cambios sociales necesarios y urgentes todo ello como respuesta a la gran politización, intereses en pugna entre lo personal y social y de otros órdenes en que ha caído el país y con él sus ramas públicas. Ya es hora de pensar en un estado compacto y dejar de lado, la idea funesta de la separación de poderes justificada para fraccionar el país y hacer lo que viene en gana en desmedro de la misma sociedad; lo segundo, el querer perfilar todo a partir de una norma legal, la ley como vía de solución a problemas sociales que aquejan históricamente, pero las leyes necesarias nunca llegan.Por ello, en el aspecto penal, llueven delitos, incluso innecesarios (formas represoras de toda índole); desde otros ámbitos, impuestos, tasas y costos circunstanciales que se imponen de manera distinta a lo que se haría con una norma tributaria, recurriéndose al eufemismo legislativo «leyes de estampillas», recurso asiduo y generalizado para solucionar problemas económicos de las instituciones.Se precisa como dato curioso como 1941 fue el año de las hidro-eléctricas ya que las órdenes de sus construcciones se hicieron en una pluralidad llamativa. Igual, se maneja una línea romántica y folclórica, creándose hasta el año 2025, cerca de 230 leyes sobre celebraciones y fiestas y 36 conmemoración de días nacionales de todos los caracteres. El año 2006 fue la época en que más se expidieron leyes de este tipo.Igualmente, la función legislativa ha sido utilizada para reinstalar cosas que el constituyente colombiano negó en la constitución de 1991, por eso, contar a la fecha, con más de 60 actos legislativos reformatorios es mostrar una sombra que ha ido desnaturalizando la carta política y la grosera improvisación que nos caracteriza, siguiendo la técnica del «gatopardismo» que algo cambie para que todo siga lo mismo o lo peor, renombrando instituciones que en principio debían haberse liquidado fulminantemente de la institucionalidad colombiana por su corrupción funcional, para darles continuidad camufladamente.Otras de carácter absurdo que no han escapado del quehacer legislativo y que para fortuna de la decencia fueron hundidos, como: La unificación en el histrionismo y en la forma de cantar el himno nacional (Buscaba crear la actitud Uribe: mano en el pecho mientras se cantaba el himno nacional como un gesto protocolario obligado) presentado por Óscar Reyes, senador santandereano de Convergencia Ciudadana; Heredar las armas de padres a hijos (ponente de este proyecto fue el senador Manuel Velázquez; Sancionar la infidelidad en ambos sexos (Ponente Edgar Espíndola, senador boyacense de Convergencia Ciudadana); Creación del día de la santa biblia (idea original del concejal santandereano Pedro Pablo Amaya el proyecto fue presentado por Edgar Espíndola); Prohibición de hacer parodias (Ponente el Representantes, Augusto Posada); Prohibir los nombres feos porque constituyen actos de ridiculización a la persona (Ponente senador Armando Benedetti); Acabar con las tareas en los colegios (Ponente Édgar Espíndola, del Partido de Integración Nacional, PIN); y, el más destacado por los absurdos fueron las ponencias del Congresista Jair Acuña, ponente de tres leyes: Prohibir el uso de saleros en las mesas de los restaurantes; Prohibir la exhibición de bebidas alcohólicas en locales comerciales y Prohibir la búsquedas en internet utilizando palabras groseras; entre otras que, causaron alergia y discusión fue la ponencia de Prohibición del engaño amoroso (o ley cero cachos o prohibición del poliamor) y establecimiento de la cátedra de Fidelidad en el amor, idea de la congresista liberal Karina Espinosa.Así, quedaría visto a tristeza junta que, el núcleo parlamentario ha creado sectores que, desde adentro, defienden intereses personales distintos a los sociales e incluso cosas irracionales, y ello, ya es bastante, para soportar tanta indiferencia por la nación. El Congreso no ha querido reformarse a extremos de una sola cámara ni reducir sus salarios astronómicos y prebendas de toda índole e incluso, no ha habido inteligencia que pueda convencer de que, todas las votaciones que se adopten en su seno se hagan por mayoría presente, para evitar el transfuguismo y ausentismo doloso de salirse de las sesiones para entorpecer los cambios esperados por la sociedad. Sin embargo, pese a ese lunar negro y a la falta de seriedad respecto al ejercicio parlamentario y a la facultad de expedir leyes y actos legislativos reformatorios, la labor que se muestra tiene significación ya que, ha sido el impulso de los pocos y buenos legisladores, los que han salvado el examen a todos los demás.
$220.000
El hombre que no sabía que era feliz
El hombre que no sabía que era feliz es una colección de siete cuentos que exploran la complejidad de las relaciones humanas y la fragilidad de la condición humana. Cada relato presenta a personajes que se enfrentan a un momento crucial en sus vidas, donde una cita, un encuentro o un detalle pone en juego sus emociones, expectativas y certezas. Desde El soplo de viento, en donde el autor le rinde homenaje a ese bello pueblo de Cumaral, a sus calles, a su parque, con la descripción que muestra los sentimientos de sus gentes; la inesperada respuesta de El hombre que no sabía que era feliz, pasando por las vivencias de la recicladora que busca redimirse, o la asombrosa investigación contra Kawabata por el crimen que aparece en uno de sus libros, el autor nos pone en vilo. Cada personaje se ve obligado a confrontar sus propias dudas y desengaños en un mundo donde la realidad y la ilusión se entrelazan. A través de estas historias, el lector se sumergirá en un laberinto de emociones y reflexiones, donde la verdad y la mentira se confunden, y la línea entre la realidad y la fantasía se vuelve cada vez más tenue. Con un lenguaje evocador y una narrativa que fluye con ritmo y precisión; es un libro que invita al lector a reflexionar sobre la naturaleza humana y la complejidad de las relaciones. ¿Qué sucede cuando nuestras expectativas se estrellan contra la realidad? ¿Cómo nos enfrentamos a la duda y el desencanto? Estas son algunas de las preguntas que se exploran en esta fascinante colección de cuentos.
$50.000
¿Cómo elegir el presidente correcto y no fallar en el intento? 100 Preguntas que debe responder antes de votar
Este texto cuestiona de manera crítica la forma en que, históricamente, el ciudadano elige a su presidente, muchas veces de forma equivocada. El autor plantea que la clave para transformar esta realidad comienza con la emisión de un voto informado, consciente y libre. Para lograrlo, cada elector debe fortalecer su cultura política, comprendiendo que no existe otro camino para elegir correctamente. De lo contrario, se repite el patrón del ciudadano promedio que acude a las urnas sin realizar un análisis profundo del candidato, lo cual termina en frustración y desilusión post-electoral. Con el propósito de brindar una herramienta práctica para evitar este error recurrente, el autor propone el MODELO DPLLP100: Dimensión Personal, Legal, Laboral y Programática del Candidato Presidencial. A través de cien preguntas, el lector puede evaluar cuantitativamente las cualidades cualitativas de cualquier candidato, sin importar el país en el que se encuentre. Esta obra le permitirá elegir el presidente correcto para su país y no fallar en el intento. El reto está planteado por el autor. La decisión está en manos del ciudadano elector.
$50.000
Nomoárquica, principialística jurídica o filosofía y ciencia de los principios generales del derecho
Esta séptima edición de la obra del profesor de las Universidades de Antioquia, Pontificia Bolivariana y Medellín retoma, mas ya corrigiéndolo, ya ampliándolo, ya actualizándolo, el paradigma de la cuarta edición, consistente en una teoría de los principios jurídicos, que revisa seis características:1ª Exclusiva y netamente tanto racional como razonable, con prescindencia de todo presupuesto metafilosófico de índole religiosa;2ª Predominantemente fuerte;3ª Constitucional;4ª Identificadora de los principios con los valores fundamentales, sociales y bilaterales de una comunidad, del constituyente primario o de la doctrina;5ª Humanista; y6ª Una teoría de un discurso esencialmente filosófico-jurídico. El libro, considerado por la crítica especializada como el mejor sobre la materia, que se haya escrito en lengua española, se divide en ocho partes:Una introducción al derecho principal; seis capítulos, de los cuales cinco son teóricos (funciones, historia, origen, naturaleza y fundamentación de los principios), y uno predominantemente práctico, el sexto (descubrimiento y enumeración de los principios generales del derecho); el trabajo se cierra con la octava parte, la de recapitulación y conclusiones. La obra se destina a todas las personas que se interesan por los temas jurídicos, con el objetivo específico de hacer muy comprensible un asunto que, siendo el más importante del derecho, bien como ordenamiento, bien como ciencia (¡vaya qué paradoja!), ha caído, por desgracia, en un total desconocimiento, cuando no en un olvido insuperable, acompañados el uno y el otro de un gratuito menosprecio.
$280.000
Terminación unilateral por incumplimiento
Tanto en el derecho público como en el privado se discute sobre la existencia y los límites del unilateralismo en materia contractual. En relación con el incumplimiento, algunos contratos típicos del Código Civil y del Código de Comercio incorporan la facultad de terminación unilateral como un elemento de la naturaleza. No obstante, la dificultad surge al pactarla como elemento accidental fuera de los casos donde la terminación está prevista legalmente. En el derecho privado, pese a que la acción resolutoria tácita de los artículos 1546 del Código Civil y 870 del Código de Comercio requiere pronunciamiento judicial, un sector de la doctrina y la jurisprudencia estiman que la facultad de pactar la terminación unilateral por incumplimiento se ajusta a la autonomía de la voluntad. En el derecho público, el problema se traslada a los contratos estatales, especialmente cuando las normas civiles y comerciales hacen parte del régimen jurídico de las entidades sometidas al EGCAP –arts. 13, 32 y 40 de la Ley 80 de 1993– y de las de régimen exceptuado –art. 13 de la Ley 1150 de 2007–. Considerando el alcance del principio de legalidad, este libro analiza si las entidades públicas pueden autoatribuirse la potestad de pronunciarse motu propio sobre el incumplimiento de las obligaciones. En este contexto, desde la teoría y la praxis, constituye un esfuerzo académico por delimitar el alcance de la terminación unilateral por incumplimiento en el desafiante campo de la contratación estatal.
$80.000
Mini Código nacional de seguridad y convivencia ciudadana
Ley 1801 de 2016(Julio 29) Ley 2000 de 2019; 2054 de 2020; 2197 de 2022; 2318 de 2023, 2450, 2455 de 2025Contiene normatividad conexa
$47.000
Cuadro comparativo entre el código procesal del trabajo y la seguridad social y la ley 2452 de 2025 - nuevo código procesal del trabajo y la seguridad social
Cuadro comparativo entre el código procesal del trabajo y la seguridad social y la ley 2452 de 2025 - nuevo código procesal del trabajo y la seguridad social
$65.000
Código Sustantivo del Trabajo – Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, cuadro comparativo entre el código procesal del trabajo y la seguridad social y la ley 2452 de 2025 - nuevo código procesal del trabajo y la seguridad social
Código Sustantivo del Trabajo Decretos 2663 y 3743 de 1950 Ley 141 de 1961 Normas modificatorias, complementarias y reglamentarias Ley 1010 de 2006 – Acoso laboral Modificada por la Ley 1622 de 2013 Ley 1822 de 2017 Protección a la madre lactante en el entorno laboral Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social Incluye el Cuadro Comparativo entre el Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social y la Ley 2452 de 2025 Nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social Contiene cuadros sinópticos
$95.000
Jurisprudencia penal - Extractos - 2º semestre 2024
Ordenada Alfabeticamente
$180.000
