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Estatuto general de contratación de la administración pública, especializado
Compilación normativa y jurisprudencialLey 80 de 1993, contiene las leyes y decretos vigentes modificatorias y reglamentarias del estatutoContiene modificaciones de: Ley 2080 de 2021, Ley 2069 de 2020, Ley 2040 de 2020, Ley 2014 de 2019, Ley 1150 de 2007 Decretos de Emergencia Económica, Social y Ecológica relacionados con la Contratación Pública Jurisprudencia – Conceptos – Doctrina
$58.000
Manual de procedimiento administrativo
El procedimiento administrativo es el principal instrumento empleado por las autoridades para satisfacer el catálogo de garantías constitucionales y legales de los habitantes de Colombia. En efecto, el horrible de las decisiones proferidas por la administración está supeditada al inicio y culminación de un trámite formal, el cual comprende una serie de etapas diseñadas por el legislador para garantizar los intereses generales y particulares, la prevalencia del principio de legalidad y la vigencia del Estado de derecho. A través de la presente obra se brinda al lector la posibilidad de acceder al contenido normativo, jurisprudencial y doctrinario del procedimiento administrativo consagrado en la Ley 1437 de 2011, e igualmente se ofrecen las herramientas necesarias para que el estudiante o el profesional del derecho intervenga eficazmente en las actuaciones promovidas ante las autoridades para reclamar o defender los derechos propios o de terceros. Usted sostiene en sus manos un texto actualizado, elaborado por la abogada Rosember Rivadeneira Bermúdez, quien cuenta con una experiencia profesional de más de 20 años en el área del litigio ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo y un recorrido en la docencia universitaria desde el año. 2006.
$190.000 $171.000
Una mirada jurídica a los clásicos del rock
El Derecho, al igual que la música, siempre ha estado ‒y estará‒ presente en la vida del ser humano. Esta obra es la reivindicación del rock como medio para aprender y aprehender el derecho y como género musical. En esta, además de contar con la participación de un gran músico y de uno de los más grandes melómanos del país, académicos de diferentes universidades analizan jurídicamente doce clásicos del rock en español. Es una apuesta innovadora e irreverente, única en su especie, imperdible para todos los amantes del Derecho, el arte y el rock en español. Editor académico: Alejandro Gaviria Cardona
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¿Han quedado excluidos del proceso penal los juicios orales por videoconferencia? análisis desde la sentencia c-134 de 2023, de la corte constitucional
El día 28 de mayo de 2024 se publicó la tan esperada Sentencia C-134/23, por medio de la cual la Corte Constitucional realizó el examen del Proyecto de Ley Estatutaria de la Administración de Justicia. La mayor expectativa recaía en la manera como la Corte abordaría el estudio de las normas referentes a la virtualidad judicial en materia procesal penal. Estimó la Corte Constitucional que, a diferencia de otros ámbitos de la jurisdicción, en el proceso penal se debía imponer como regla general la presencialidad en la celebración de los juicios orales y, en consecuencia, la virtualidad como excepción debía quedar sujeta a circunstancias de fuerza mayor debidamente acreditadas por los jueces penales de conocimiento. En este orden de ideas, expuso la Corte Constitucional, a título meramente ilustrativo, que las audiencias de juicio oral se podrían practicar virtualmente o por el sistema de videoconferencia 1) si una parte o testigo estuviese en condiciones graves de salud que les impidan desplazarse desde su lugar de residencia, 2) cuando haya serios motivos de seguridad que aconsejen evitar su desplazamiento; 3) por la declaratoria de un estado de emergencia sanitaria en que se disponga como medida la celebración virtual de todas las actuaciones procesales; 4) por la existencia de regulaciones especiales que exijan la adopción de medidas para no exponer a la víctima frente al presunto agresor, o 5) por compromisos internacionales del Estado colombiano en virtud de tratados de cooperación judicial que privilegien la realización de audiencias virtuales como instrumento para materializar la asistencia entre Estados, entre otras múltiples y muy diversas circunstancias excepcionales que puedan presentarse y que el juez deberá valorar en su momento. Según algunos críticos, la decisión de la Corte implica un retroceso en los logros que se han obtenido con la virtualidad judicial en materia procesal penal, en clave de garantizar el derecho de acceso de las personas a la administración de justicia y, por tal razón, proponen que las normas que restringen el uso de la videoconferencia en los juicios penales sean objetadas, por el Gobierno Nacional ante el Congreso de la República, por motivos de inconveniencia política, social o económica. Este y otros temas de la sentencia de constitucionalidad, son abordados en la presente obra jurídica, que, debido a su gran aceptación en los diferentes escenarios judiciales y académicos, hoy llega a su segunda edición.
$150.000 $135.000
Revista Forum judicial. Tribunal Superior de Medellín
Mientras se desarrolla un software inteligente por el Consejo Superior de la Judicatura en procura primordialmente de la unificación de procedimientos y criterios en la ardua tarea que cumplen las relatorías de todos los órganos judiciales del país y que logre integrarlas, estamos comprometidos en nuestra corporación a mejorar los niveles de producción de providencias judiciales y los tiempos en las labores minuciosas de relatoría y de publicación de las más relevantes y emblemáticas, sobre todo de las que vayan trazando el camino dialéctico y cambiante del desarrollo de las líneas jurisprudenciales, utilizando para ello todas las alternativas disponibles de publicidad y difusión de nuestras providencias judiciales, como lo es, la edición y lanzamiento de la primera Revista Jurisprudencial de la Corporación auspiciada por la Editorial Jurídica Sánchez R. S.A.S. (Lijursánchez). En esta fausta oportunidad, la revista de marras contiene 30 providencias judiciales con sus respectivas fichas de relatoría, a saber: 15 de la Sala laboral, 11 de la Sala Civil y 4 de la Sala de Familia, la cual, sin lugar a duda, se convertirá también en una buena fuente de consulta de la comunidad jurídica en general y judicial del país.
$76.000
La acción ejecutiva ante la jurisdicción administrativa
Mi primera aproximación a la ya reputada obra jurídica del jurista y profesor MAURICIO RODRIGUEZ TAMAYO ocurrió por cuenta del azar, ya hace varios años. En efecto, cuando me encontraba preparando algún trabajo sobre el proceso ejecutivo cayó a mis manos un libro suyo titulado “ LOS PROCESOS DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL ANTE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA” que obviamente despertó mi curiosidad, tanto más cuanto que para ese momento no se conocían en la doctrina nacional trabajos sobre la materia. Recuerdo haber recorrido el trabajo de ese novel autor que irrumpía con fuerza y contundencia en el panorama nacional, por lo que cité en el documento que entonces preparaba un aparte sustancioso y pertinente sobre la definición de los procesos ejecutivos de conocimiento de la jurisdicción contencioso administrativa. Esta nueva edición de la “LA ACCIÓN EJECUTIVA ANTE LA JURISDICCIÓN ADMINISTRATIVA”, la única que en el país ha abordado en forma extensa y suficiente esta disciplina, sin duda es una obra que está llamada a perdurar por los temas abordados y su profundidad. Puede decirse, sin temor a exagerar, que quien lea este libro quedará en posesión de ilustración suficiente sobre la materia de las ejecuciones en esta área contencioso administrativa, y estará en capacidad de enfrentar un litigio de esta naturaleza, bien como juez o magistrado, asesor o estudiante. El tratado que hoy se pone de nuevo a disposición de la comunidad jurídica sienta los presupuestos dialécticos necesarios de la discusión, porque no ahorra esfuerzos para tratar el concepto del contrato estatal frete a sus complejos requisitos de perfeccionamiento, ejecución, presupuestal, la aprobación de las garantías y el acatamiento de otros requisitos legales. Sobre ese presupuesto el profesor RODRÍGUEZ TAMAYO aborda con extensión justificable el estudio del título ejecutivo derivado de los contratos estatales y sus aspectos procesales, como lo relacionado con el complejo aspecto sobre si el silencio administrativo positivo puede o no considerarse título ejecutivo, aspecto que resuelve que convicción y maestría. También incluye esta visión panorámica las diferentes aristas de documentos constitutivos de ejecución, como la de la factura electrónica, tan debatida por estos días. No hay un solo escenario de ejecución de los que se presentan y discuten hoy, que no aparezcan en este texto, de manera que el lector puede tener la seguridad de encontrar aquí información sobre muchas situaciones que en la vida práctica de esta forma de ejecuciones suelen presentarse, asociadas todas a los contratos estatales y su exigibilidad. Aquí también el profesor RODRÍGUEZ TAMAYO abunda en el examen de las diferentes posibilidades de ejecución, sin omitir ninguno de los distintos escenarios de la misma, como las obligaciones judiciales aprovisionadas en el Fondo de Contingencias, los Acuerdos de Pago celebrados por entidades estatales, el novedoso incidente de aprobación de la oferta de revocatoria propuesta por un ente público demandado y aceptada por el demandante en un proceso contencioso administrativo, los laudos arbitrales proferidos en controversias contractuales con entidades públicas, las conciliaciones prejudiciales y las que se logran en el trámite mismo de las ejecuciones. En la segunda parte del libro, adicionalmente, también se encontrará el lector con la presentación minuciosa de las diferentes etapas del proceso ejecutivo administrativo, tales como la jurisdicción y competencia, los requisitos de la demanda con sus recientes reformas introducidas por el CPACA y la ley 2213 de 2022, el mandamiento ejecutivo, los medios de defensa, , la sentencia que se pronuncie sobre las excepciones, los recursos contra la misma incluyendo el extraordinario de unificación de jurisprudencia, la liquidación del crédito y, por supuesto, no podía faltar un acápite extenso y bien sustentado sobre el siempre complejo universo de las medidas cautelares en estos procesos de ejecución contencioso administrativa.
$350.000
PENSIONES SISTEMA DE PILARES. Sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y la muerte de origen común
Después de treinta años de puesto en vigencia el primer Sistema Integral de Seguridad Social en Colombia mediante la ley 100 de 1993 el cual recibió profundas reformas legales (leyes 797 y 860 de 2003) y constitucionales (A. L. 01 de 2005), en el año 2024 que trascurre, se ha expedido por el Congreso de la Republica la ley 2381, sancionada el 16 de julio, mediante la cual se pretendió corregir múltiples problemas que afectaban los Regímenes pensional y de Servicios Sociales Complementarios de esa ley 100. Surgen entonces las preguntas: ¿logró corregir a nueva ley las deficiencias de dichos regímenes? ¿Qué grupos poblacionales, si es que hay varios, fueron los beneficiados y, cuáles fueron los perjudicados? ¿En verdad la juventud de hoy quedo salvaguardada en su derecho a pensionarse en el mañana o, realmente lo que se le viene es una verdadera odisea para lograr cubrir sus seguras contingencias de vejez y muerte, o el posible riesgo de invalidarse? ¿La nueva reglamentación del Régimen pensional atendió, como era su obligación, el principio de hacer progresar los derechos sociales hasta ahora reconocidos por la legislación pre existente o, se muestra retrógrada y hasta inconstitucional desde este punto de vista? Y, para no extendernos más en el cúmulo de interrogantes que origina la nueva normatividad, finalmente anotemos la pregunta del millón ¿será que dicha reforma es sostenible desde el punto de vista económico y financiero teniendo en cuenta la escases de recursos agravada por la rampante corrupción? ¿O será que lo garantizado es un seguro debacle económico que, Dios no lo quiera, nos puede poner a las puertas de lo que fue un corralito argentino? Aspiramos a que con los comentarios primarios que se han realizado a cada uno de los artículos de la ley 2381 cada lector pueda tratar de encontrar una respuesta a los interrogantes planteados y a todos los que pudieran surgir. La metodología de comentar artículo por artículo de la nueva normatividad la hemos asumido por razones de tipo pedagógico y práctico con lo que tratamos de evitar teorizar sobre lo ya conocido desde hace treinta años. Esto no quiere decir que la comprensión de su contenido solo sea apto para juristas expertos en el tema. No. Al contrario, el lenguaje utilizado fue pensado para hacerlo asequible a todo interesado en el tema que al día de hoy inquieta a todos los colombianos, con razón o sin razón. Cada quien sacará sus propias conclusiones.
$110.000
