La presente tesis doctoral aborda la problemática de la discapacidad dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) desde dos perspectivas fundamentales: desde la sociología y desde el derecho interamericano. El estudio se desarrolla en cinco capítulos, a través de los cuáles se logra dar una visión global y holística de la discapacidad, en América Latina y dentro del marco de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como tribunal internacional encargado de velar por el respeto y la protección de los derechos fundamentales en todos los países de la región, en especial aquellos que han ratificado la Carta de la OEA y, sobre todo, la Convención Americana.
Teoría y dogmática de los delitos contra la administración pública
A lo largo de estas páginas se aborda el tema desde la perspectiva de los tipos penales y discute instituciones jurídicas de las ciencias penales como el principio de oportunidad, la suspensión de ejecución de la pena, los beneficios penitenciarios, la imprescriptibilidad, la inhabilitación y la reparación civil.
Tanto en el derecho público como en el privado se discute sobre la
existencia y los límites del unilateralismo en materia contractual. En
relación con el incumplimiento, algunos contratos típicos del Código Civil y
del Código de Comercio incorporan la facultad de terminación unilateral
como un elemento de la naturaleza. No obstante, la dificultad surge al
pactarla como elemento accidental fuera de los casos donde la
terminación está prevista legalmente.
En el derecho privado, pese a que la acción resolutoria tácita de los
artículos 1546 del Código Civil y 870 del Código de Comercio requiere
pronunciamiento judicial, un sector de la doctrina y la jurisprudencia
estiman que la facultad de pactar la terminación unilateral por
incumplimiento se ajusta a la autonomía de la voluntad. En el derecho
público, el problema se traslada a los contratos estatales, especialmente
cuando las normas civiles y comerciales hacen parte del régimen jurídico
de las entidades sometidas al EGCAP –arts. 13, 32 y 40 de la Ley 80 de 1993–
y de las de régimen exceptuado –art. 13 de la Ley 1150 de 2007–.
Considerando el alcance del principio de legalidad, este libro analiza si las
entidades públicas pueden autoatribuirse la potestad de pronunciarse
motu propio sobre el incumplimiento de las obligaciones. En este
contexto, desde la teoría y la praxis, constituye un esfuerzo académico por
delimitar el alcance de la terminación unilateral por incumplimiento en el
desafiante campo de la contratación estatal.
La vida de las constituciones es una tarea colectiva, afirma Zagrebelsky en una idea central de este volumen, que recoge su visión de un tiempo difícil para la constitución democrática. Una tarea que interpela a los constitucionalistas que defienden la tradición del constitucionalismo como límite al poder y garantía para los derechos de todos, en particular, de los más vulnerables. Hoy, sin embargo, en medio de una profunda confusión de los propios constitucionalistas, esa tarea fundamental parece estar en riesgo. En este volumen su autor parece dirigirse, fundamentalmente, a sus colegas: los constitucionalistas. Se trata de una reflexión profunda sobre la crisis de la democracia, la polarización de las sociedades y el valor que adquiere en este contexto, más que en cualquier otro, la defensa de la Constitución y sus valores como símbolos de concordia y unidad en el pluralismo.
Tipología penal de los juegos de suerte y azar es un llamado a repensar el
rol del Estado y de la justicia en la protección de los bienes públicos y los
derechos fundamentales de los ciudadanos. El compromiso con el
combate a la ilegalidad en los juegos de azar no es solo una cuestión
económica, sino una responsabilidad social que incide directamente en el
derecho a la vida, la salud y la dignidad de los colombianos. Este texto
invita a todos los actores implicados a sumar esfuerzos para garantizar que
los recursos generados por esta actividad se destinen efectivamente al
mejoramiento del sistema de salud y al bienestar de la población más
vulnerable.
En el desarrollo del texto, se analiza la génesis del monopolio, en este
caso, de los juegos de suerte y azar, y ha sido de sorpresa para muchos que
la República de Colombia es de las pocas en el mundo que ostenta una
destinación específica para la distribución de este, acorde con el
artículo 336 de la Constitución Política.
La necesidad de abarcar la simultaneidad de tipos penales, no solo la del
artículo 312 del Código Penal del ejercicio ilícito de actividad monopolística
de arbitrio rentístico, conduce, por el contrario, a poder llevar a la justicia a
todos quienes atenten ya no tan solo en contra del derecho a la salud,
eventualmente más bien atentan contra el derecho a la vida de miles de
colombianos; es necesario llevarlos a la justicia con otras figuras, tales
como el lavado de activos, el concierto para delinquir, la estafa, la
extinción de dominio, entre otras.
Por último, sin que sea menos importante, hacer patria no solo se
constituye en lo que nuestros antiguos próceres diligenciaron en favor de
nuestra historia para la consolidación de nuestro Estado colombiano, sino
que también se hace a partir del cumplimiento de nuestras obligaciones
como funcionarios públicos, ya que solo en esta medida seguiremos
contribuyendo a la fortaleza de esta.
La obra se enfoca principalmente en la responsabilidad civil contractual y en los requisitos para que haya lugar a la indemnización de perjuicios. Estos y otros aspectos del derecho de daños se estudian integra y detalladamente, incluyendo una amplia investigación de jurisprudencia local y de otras jurisdicciones, de doctrina nacional y extranjera, así como de laudos proferidos en arbitrajes domésticos e internacionales.Los distintos temas que se tratan se caracterizan por su análisis riguroso, completo y muy sustentado, en muchos casos, por su novedad, por ser abordados desde la teoría y la práctica, así como por ser estudiados desde la perspectiva del derecho de los negocios.Particularmente, llaman la atención los apartes relativos a la responsabilidad precontractual, el deber de información durante dicha etapa y las consecuencias por su incumplimiento, los daños previsibles e imprevisibles, la cuantificación de los perjuicios, los métodos de valoración, la pérdida de la oportunidad, la valoración en equidad, la prueba y la evaluación de los perjuicios, la mitigación de daños, la culpa en la responsabilidad civil contractual, la carga dinámica de la prueba, la culpa grave y los criterios para determinar su existencia, el dolo y su estándar de prueba, el nexo o vínculo de causalidad, los medios de defensa con los que cuenta el deudor, las cláusulas de limitación, reducción y exoneración de responsabilidad, entre muchos otros.
El derecho de daños, cualquiera que sea el tipo de responsabilidad jurídica que se aborde, sufre una profunda crisis en la medida en que su contenido no ha logrado ser especificado y delimitado de manera precisa ni por el legislador ni en la jurisprudencia. Con mayor razón, en materia administrativa, donde el reproche se enfoca desde categorías abiertas y abstractas (los títulos de imputación) que han hecho que el subjetivismo judicial sea el eje del sistema.
Por esa razón, ya en el título de la obra puede evidenciarse su filosofía y alcance. Se trata de la reconstrucción conceptual de las instituciones sobre las que se erige la responsabilidad extracontractual del Estado y su procesamiento en la jurisdicción, lo que ya resulta ser una tarea de grandes dimensiones, pero además con la sustentación de cuál ha de ser, en cada caso, la teoría correctora de esa indeterminación la que se traduce en los propios hitos del sistema jurídico como lo son los derechos humanos, las cláusulas fundamentales de la Constitución Política y las normas sustanciales que regulan las relaciones entre los particulares y la administración que es por lo que en un solo término se ha denominado «teoría normativa».
El derecho de daños, cualquiera que sea el tipo de responsabilidad jurídica que se aborde, sufre una profunda crisis en la medida en que su contenido no ha logrado ser especificado y delimitado de manera precisa ni por el legislador ni en la jurisprudencia. Con mayor razón, en materia administrativa, donde el reproche se enfoca desde categorías abiertas y abstractas (los títulos de imputación) que han hecho que el subjetivismo judicial sea el eje del sistema.
Por esa razón, ya en el título de la obra puede evidenciarse su filosofía y alcance. Se trata de la reconstrucción conceptual de las instituciones sobre las que se erige la responsabilidad extracontractual del Estado y su procesamiento en la jurisdicción, lo que ya resulta ser una tarea de grandes dimensiones, pero además con la sustentación de cuál ha de ser, en cada caso, la teoría correctora de esa indeterminación la que se traduce en los propios hitos del sistema jurídico como lo son los derechos humanos, las cláusulas fundamentales de la Constitución Política y las normas sustanciales que regulan las relaciones entre los particulares y la administración que es por lo que en un solo término se ha denominado «teoría normativa»
Este tratado pretende, fundamentalmente, alcanzar un doble propósito:
1° Colmar un vacío bibliográfico existente en la literatura jurídica universal, en la que son demasiado escasas las jurisprudencias sobre la reserva y en la doctrina, tanto nacional como foránea, no hay ni siquiera un solo trabajo monográfico omnicomprensivo del pacto reservatorio.
2° Probar que el pacto es la máxima garantía que tiene el vendedor para hacerse pagar el precio íntegro. La auténtica reina de las cauciones y no la hipoteca.
Esta obra reúne tres trabajos de investigación, que en definitiva cambiarán los estudios sobre la carga de la prueba y otros conceptos relevantes para el proceso contemporáneo, como la actividad de valoración y los estándares probatorios. Estamos frente a una obra que nos llevará a pensar, cuestionar y redefinir críticamente el contenido de varias instituciones procesales. En el primer trabajo, el autor realiza una investigación sobre la carga de la prueba desde una perspectiva histórica, para lo cual se traslada a los tiempos del proceso medieval. Sobre la base de este prolijo estudio, afirma que la carga de la prueba se configuró siguiendo las pautas del sistema de prueba legal. En el segundo trabajo, el autor afirma que, para que la prueba sea valorada de verdad, deberá valorarse racionalmente. ¿Y qué implica esto? Supone que no se establezcan atajos a la actividad probatoria de valoración. Asimismo, argumenta su concepción respecto de la función de los estándares de prueba, a los que considera como una herramienta de la valoración legal. Finalmente, en el tercer trabajo, el autor expone sus razones de por qué no debería existir la carga de la prueba ni en su vertiente subjetiva ni objetiva. Sin duda, esta propuesta inaugura un espacio de interesante debate dentro de los estudios sobre la carga de la prueba.
«Algunos de los temas que la Corte Constitucional estudió durante el 1.er semestre del año 2016. Estos derechos y muchos más serán objeto de especial consideración en la obra que se presenta al escrutinio de los estudiosos de los temas que a diario se estudian en el seno de la Corte Constitucional a través de las tutelas que abarcan aspectos de carácter penal, civil, familia, laboral, administrativo, donde se resuelven los casos que diariamente aquejan a la población más indefensa, como son las personas de la tercera edad, los niños y adolescentes, reclusos, trabajadoras domésticas, los enfermos, etc».