Han pasado 12 años dedicados al estudio del derecho internacional privado, para cumplir con la cátedra que dicto en la Universidad Sergio Arboleda de Santa Marta. Me gustó el tema y me gustará con el mayor ahínco investigativo, por cuanto en nuestra profesión este derecho tiene aplicación diversa con muchas prerrogativas para los litigantes y jueces, con una mayor proporción a los que lleguen a ocupar un cargo en la Cancillería o cualquier embajada, para defender los intereses patrios con loable interés jurídico y profundos estudios históricos del derecho internacional público. Con la mayor impuesta a estos comentarios, me incentivo también a escribir las conferencias de contratos innominados y atípicos, por cuanto no son las migraciones el factor preponderante a su aplicación en el derecho internacional privado, sino que intercede la globalización del derecho, los sistemas de la web y toda gama de contrato que han dado crecimiento inusitado para que las facultades o escuelas de derecho introduzcan esta materia, que como jueces o litigantes, tendrá una aplicación constitucional en el artículo 229 de nuestra Carta.
La obra “Crímenes de Guerra” corresponde al tercer tomo de la obra de mayor amplitud “Crímenes Internacionales”. En esta publicación se estudian las diversas conductas a partir del Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Núremberg, los estatutos especiales para Ruanda y la ex Yugoslavia, y el Estatuto de Roma se califican como crímenes de guerra. Como estudio preliminar se ofrece al lector un análisis a manera de “Parte General» de los aspectos generales de los crímenes de guerra, su estructura y elementos objetivos y subjetivos, ámbito de ampliación, circunstancias de justificación y exculpación, el análisis de la “responsabilidad de los jefes y superiores” y su relación con la legislación penal nacional.
LEY 906 DE 2004Desde la configuración constitucional del sistema penal acusatorio, Acto Legislativo(A.L.) 03 de 2002, se vislumbraba con toda claridad que uno de los principales cambios del proceso consistiría en que la «prueba» para dictar sentencia cambiaba de escenario, es decir, no «permanecía» o se recaudaba en la investigación, sino que ésta tenía que incorporarse y practicarse, dentro del juicio oral, de una manera concentrada, pública, oral, contradictoria, con inmediación- tanto en la formación, aducción y práctica- en presencia del Juez y de las partes.Lo anterior quiere decir que las pruebas, de cara a la nueva estructura procesal (Ley 906 de 2004), están regidas y condicionadas por unos principios constitucionales que le dan contenido y determinan su validez, por lo que no se trata de una retórica abstracta, sino que esos postulados diseñan el nuevo paradigma probatorio constitucional del proceso.
La presente obra busca ser una base argumental para proponer la dignificación del notario de provincia quien con gallardía, valor y nobleza, presta su servicio, como profesional calificado, producto de un concurso de méritos, a las comunidades que están viviendo en poblaciones donde el conflicto armado, el orden público, las bandas criminales, la carencia de servicios públicos, la ausencia de infraestructura vial, la pobreza del municipio llevó a que lo hubiesen catalogado como perteneciente al Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y a las zonas más afectadas por el conflicto armado (Zomac); por ende, el notario de provincia debe ser objeto de un enfoque diferencial, a fin de atender la normativa supraconstitucional que deviene del bloque de constitucionalidad y del Acuerdo de La Habana. Asimismo, pretende acercar a la comunidad en general a comprender cuáles son las competencias y el quehacer notariales, conocimiento que llevará al ciudadano del común a saber de los derechos, sobre las herramientas jurídicas y la jurisprudencia vigente que le brinda una notaría con el fin de mejorar su entorno y tener mejor calidad de vida. Este libro es también herramienta académica para el notario y para el estudiante de Derecho que encuentra en la obra un apoyo para su oficio regular, laboral y académico.
El delito de falsedad ha sido siempre el más complejo en todos los sistemas penales y el que más polémicas ha generado en todos los momentos históricos; aún hoy, cada uno de los elementos que conforman esta figura típica está sometido a las más variadas y dispares interpretaciones. En esta cuarta edición el autor enfoca las discusiones al respecto desde un criterio único y con un rigor implacable deriva de allí todas las consecuencias: este punto de partida es la necesidad de pena, anclada en la antijuridicidad material, entendida en su profundidad dialéctica. Así entrega al lector un conjunto teórico riguroso, coherente y armónico que permite comprender con facilidad cada uno de los múltiples aspectos que tanto en la academia como en la práctica deben afrontar los aplicadores y estudiosos del derecho penal.
El planeta está siendo atravesado por dos fenómenos contrarios, la globalización y la regionalización, que no pueden ser comprendidos a cabalidad sino a la luz del derecho internacional. Por ello, este cobra más importancia cada día y de ahí que deba ser conocido por toda persona culta. Este libro posibilita la compresión de tales fenómenos en lo que atañe al derecho internacional de la contemporaneidad, se lo analiza desde la óptica de los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001, del 11 de marzo de 2004, del 7 de julio de 2005 y la aparición de ISIS que han causado el surgimiento de un nuevo orden internacional: el del terrorismo y anti-terrorismo.
La concepción del derecho romano de estas páginas es, simultáneamente, histórica e institucional, a la manera neopandectista.
En cuanto a lo primero, se concibe la normatividad de la ciudad romúlea como uno de los tres elementos estructurales, constitutivos de la civilización occidental. Con efecto, ella, en lo fundamental, o in nuce, se puede y se debe condensar en religión cristiana, filosofía griega y derecho romano. Por consiguiente, estudiar este es comprender nuestra idiosincrasia […].
En esta oportunidad, el autor deja a consideración de toda la comunidad académica y de la ciudadanía, en especial, este trabajo exclusivamente jurídico, titulado El delito de cohecho. Análisis dogmático y jurisprudencial de la casuística en Colombia, como una obra, además, de carácter histórico que no puede faltar en la biblioteca de todo ciudadano colombiano que se interese en el acontecer político y social de la nación. La yidispolítica, el escándalo político que se originó en 2008 y dio lugar a juicios penales que culminaron en sentencias condenatorias contra altos funcionarios del Gobierno nacional y contra congresistas de la época por los delitos de cohecho por dar u ofrecer y cohecho propio […].
La presente versa sobre la problematica relativa a la «causalidad» y la «imputación objetiva» como factores de atribución material en el juicio de responsabilidad extracontractual frente al Estado y, concretamente, en la responsabilidad del Estado por parte de actos de terrorismo cometidos por terceros; es decir, se esgrime como problema central las razones jurídicas y filosóficas por las cuales el Estado colombiano debe o no responder patrimonialmente a las víctimas de actos de terrorismo causados por un tercero, ajeno a la administración.
PRESENTACIÓN (Primera edición)Las últimas decisiones de la Honorable Corte Constitucional en materia notarial, pero en especial la dictada el 31 de mayo del año en curso, han convertido en realidad el requisito, elevado a rango constitucional (art.131 de la C.P.), según el cual para poder ocupar el cargo de notario en propiedad, es necesario haber sido seleccionado mediante concurso de méritos.El gobierno, acatando lo resuelto por la Honorable Corte Constitucional, especialmente en esta última providencia que ordena practicar el concurso en un término prerentorio, se apresta a convocar el primero que se realizará bajo el régimen constitucional vigente (ConstituciónPolítica de Colombia de 1991).El hecho de que, por medio de este concurso se seleccionará a la mayoría de los notarios del país, debe provocar un especial interés en el estudio del Derecho Notarial y Registral, que son las dos materias sobre las cuales habrá de versar la prueba de conocimientos al tenor de lo dispuesto por la ley 588 de 2000 en el literal a) de su artículo cuarto.Parece, pues, que este hecho histórico en la institución notarial, modificará el criterio tradicional de nuestras facultades de derecho según el cual el estudio del derecho notarial es de segundo orden y ocupará, entonces, el lugar que le corresponde.El trabajo que hoy presentamos obedece a ese atán pues, en realidad, las universidades en sus pregrados no han preparado, hasta ahora, a los profesionales del derecho para una competencia de esta índole.El fin inmediato que nos proponemos es el de contribuir y facilitar el estudio del Derecho Notarial en forma sistemática, de acuerdo a los dictados de nuestra larga experiencia en esta actividad; de allí la forma y la estructura didácticas de estos ensayos.Partiendo de que el notario no solo es un documentador con potestad fedante sino que debe ser, por excelencia, un buen asesor jurídico de sus usuarios en las materias que le incumben, habíamos agrupado, en un trabajo anterior las materias que a nuestro juicio conformaban lo que se llama el Derecho Notarial Aplicado y que comprende obviamente estudios de Derecho Civil, estudios de Derecho Comercial, Derecho Tributario, Derecho Penal, etc., pero, como la ley 588 de 2000 redujo la prueba de conocimientos solo al Derecho Notarial y Registral, nos ocuparemos de esta materia, así:1. Módulo único:Derecho notarial. Comprende las siguientes unidades temáticas:a) Función Notarialb) El Notario, Agente de la Función Notarialc) Escritura Públicad) Competencia Funcional del Notarioe) Jurisdicción voluntaria y trámites especiales ante notario1) Control de legalidad a cargo del notarioEs un sólo modulo que comprende seis unidades temáticas.Este trabajo que presentamos a nuestros colegas contiene las dos primeras unidades temáticas: La Función Notarial y el Notario comoAgente de la Función Notarial.Aspiramos muy pronto a publicar las restantes.Reiteramos que el único propósito que tenemos con este ensayo es colaborar con los aspirantes al cargo de notario en el estudio de las materias que serán objeto de los exámenes sobre conocimientos que se practicarán en el proceso del concurso.