Civil
El juicio oral en la jurisdicción de familia
Tratamos de entregar en estas notas algunos conceptos sobre la legislación vigente relativa a la aplicación del trámite oral en los despachos judiciales de familia que hoy ejercen esa función, en los procesos de su competencia. El nuevo Codigo General del Proceso o Ley 1564 de 2012, después de hacer una exhaustiva recopilación y actualización de las disposiciones con relación a la jurisdicción de familia, derogó de esta forma aquellas que se encontraban dispersas, agregándose como complemento en el Decreto 1736 de 2012 aclaratorio de algunas disposiciones en el nuevo código. Haremos las concordancias que corresponden a los trámites de competencia de los jueces de familia que también pueden adelantar los notarios cuando no exista contención y puedan surtirse con ocasión del mutuo acuerdo entre los interesados y que hoy están consignadas, entre otros, en el Decreto 1664 de 2015, por el cual se adicionan y se derogan algunos artículos del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, y se reglamentan los artículos 487, parágrafo, y 617 de la Ley 1564 de 2012.Tratamos de entregar en estas notas algunos conceptos sobre la legislación vigente relativa a la aplicación del trámite oral en los despachos judiciales de familia que hoy ejercen esa función, en los procesos de su competencia.
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Diccionario jurídico aplicado
Diccionario
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Lecciones de derecho procesal. Tomo III
Este tomo contiene una exposición didáctica de los aspectos generales del derecho probatorio, tanto en su contenido teórico como en su contextura normativa en el régimen jurídico colombiano. además de precisar el fundamento constitucional de cada institución, pretende examinar los problemas que suele plantear la actividad judicial e identificar en el ordenamiento la solución adecuada, empresa en la cual se echa mano de la legislación y de la jurisprudencia. la temática se desarrolla primordialmente a partir del código general del proceso, con referencias precisas a los preceptos constitucionales, a otras leyes internas, a instrumentos internacionales sobre derechos humanos y a decisiones de organismos internacionales. en esta edición se destaca el espacio dedicado a explicar las técnicas de interrogación en el proceso por audiencias.
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Temas procesales N.° 28
En la revista “TEMAS PROCESALES”, el lector encontrará 28 temáticas relacionadas con el estudio del derecho procesalactual y el análisis de jurisprudencia. El texto es fruto delesfuerzo realizado por un grupo de trabajo en el cualparticipan representantes de diferentes universidades de la ciudad, que han unido esfuerzos con el aval de la maestra Beatriz Quintero de Prieto, para dar continuidad a tan importante proyecto académico y que orgullosamente se presenta a toda la comunidad académica e investigativa que se preocupa por indagar en discusiones de actualidad en el derecho procesal
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Fundamentos de derechos reales y derecho inmobiliario registral. Tomo II
El texto que colocamos a disposición de la comunidad jurídica, intitulado “Fundamentos de Derechos Reales y Derecho Inmobiliario Registral”, está dirigido a los juristas con una visión reflexiva de cada uno de los temas fundamentales que comprenden los derechos reales y los demás aspectos que los protegen, actualizado con la ley 1306 de 2009, o nuevo régimen de incapaces; la ley 1448 de 10 de junio de 2011, o ley de víctimas y restitución de tierras; el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo; la ley 1579 del 1º de octubre de 2012, o Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos; el Código General del Proceso; la ley 1708 de 2014, y el decreto 1664 de 2015. Considero que el estilo de escritura, el extenso temario y hasta el contenido hacen la diferencia con las formas tradicionales de escribir, pensar, argumentar e interpretar el derecho privado de los Bienes. Su enfoque no es convencional ni formulista sobre los derechos reales, sino en el contexto de la conducta y comportamiento del acontecer diario de los seres humanos quienes dan lugar a la verdadera interpretación para ofrecerle al operador judicial la mayor amplitud en su aplicación, puesto que toda interpretación que amplíe el ámbito en el campo de los bienes es preferible a la que lo restrinja. Al fin y al cabo, el problema jurídico no es el problema en sí mismo, sino la solución.
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La reconvención en el proceso ejecutivo singular
En el escenario jurídico colombiano, el libro se centra en especial a explicar cada uno de los momentos en los que la acción de reconvención procede en cada uno de sus aspectos sustanciales y procedimentales, aplicando criterios de distinción entre (i). reconvención y acumulación, (ii). reconvención y excepción, (iii) reconvención y compensación, (iv) reconvención y contraprestación. Todos estos elementos reconfiguran una verdadera teoría y práctica de la reconvención en Colombia, conectándose con especial reconsideración a las reglas de procedencia de la reconvención y a los actos de defensa del demandado en el proceso de ejecución singular, lo que para este constitucionalista no podría dejarse pasar por desapercibido, ya que inmediatamente nos traslada al derecho fundamental al debido proceso consagrado en el artículo 29 de nuestra Constitución Política.
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Fundamentos de bienes. Tomo I
El estímulo de escribir “Fundamentos de Bienes” fue alcanzar varios objetivos: El inicial, de poder destacar una visión de algunas figuras jurídicas como la misma noción de bienes, la clonación de órganos, presentar en toda su dimensión el derecho de retención, un tema novedoso como la propiedad en los cementerios, incluyendo su embargabilidad o inembargabilidad, los ejidos, los humedales, los baldíos, y la cláusula de inalienabilidad. Otro, brindar criterios para la fundamentación en la materia de bienes. Un tercero, satisfacer al educando universitario con un texto completo sobre la parte general de bienes, y simultáneamente servir en algo a mis compañeros en el ejercicio de la abogacía. Y el final, dar a conocer el valor intelectual de nuestra comarca. La fuente fueron los apuntes desarrollados en cada una de mis clases en las diversas universidades que he enseñado, durante más de 20 años, preparadas día a día en cumplimiento de la misión, pensando en la responsabilidad asumida.
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No joda ni se deje joder prevención y resolución pacífica de conflictos familiares
Prevención y resolución pacífica de conflictos familiares.
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Teoría de las presunciones
La dogmática clasifica las presunciones en legales y judiciales según sea el sujeto que la formule, enrutando sus efectos hacia la verdad de los hechos. Se plantea que la presunción juris tantum admite prueba en contrario y que las iure et de jure no admite la producción de prueba en contrario del hecho presumido. Se plantea entonces una mirada crítica al concepto de presunciones por parte de la doctrina para eliminarlas de la noción tradicional y reconducirlas a otros conceptos como la carga de la prueba, las ficciones legales y las inferencias probatorias, pero con la salvedad de que existirán otras circunstancias que justifican que el concepto se mantenga.
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El daño. Teoría general de la responsabilidad civil
Por la facilidad con que puede apreciarse, el daño es objeto del conocimiento común. Pero además de ser un fenómeno físico, puede integrar un fenómeno jurídico, es decir, susceptible de ser jurídicamente calificado y, desde este punto de vista, entra en los dominios del estudio de los juristas. Más específicamente, todavía, el daño, puede ser un efecto jurídico. Ciertamente, perjuicio puede ser padecido por una determinada persona a causa de la inobservancia de una norma, que para obtener un resultado favorable le impone una determinada conducta; por lo que, precisamente el efecto desfavorable, ha sido querido por el derecho, a raíz de la falta de matización de tal comportamiento, o sea, de la inobservancia por él mismo.
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Teoría general del proceso 5° Edición
La vida humana tiene dos tipos de regulaciones jurídicas, a saber: la sustantiva y la procesal, cada una con finalidades diferentes, pero íntimamente conectadas.La relación sustancial otorga a los intervinientes facultades y deberes. Los convierte en acreedores o deudores, arrendadores o arrendatarios, comodantes o comodatarios, calidades que a su vez habilitan al titular para dar, hacer u omitir, o para demandar, de otro sujeto obligado, una o varias de tales prestaciones.
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Procesos cognoscitivos civiles (o declarativos civiles, como los de denomina el C.G.P) sistema oral, por audiencias
«Este libro de los Procesos cognoscitivos civiles (o declarativos, como los denomina el C.G.P.). En ellos están incluidos los siguientes tipos de procesos: los procesos verbales comunes, que incluyen el Verbal General o Pleno y el Verbal Sumario. En esta obra también se habla de los Procesos Declarativos Especiales (expropiación, deslinde y amojonamiento; el divisorio y el monitorio, el cual es una novedad dentro del orden jurídico procesal colombiano). Igualmente, se incluyen los procesos declarativos que hemos calificado de sui generis (el relativo a acciones, mejor, pretensiones populares, y el de acciones (pretensiones), de grupo. A más de los anteriores se presenta la llamada “acción” (mejor, pretensión) declaración de ausencia por desaparición forzada y otras formas de desaparición involuntaria.Se hace hincapié en que los procesos declarativos consagrados en el C.G.P., se tramitarán en forma oral y por audiencias concentradas».«Este libro de los Procesos cognoscitivos civiles (o declarativos, como los denomina el C.G.P.). En ellos están incluidos los siguientes tipos de procesos: los procesos verbales comunes, que incluyen el Verbal General o Pleno y el Verbal Sumario. En esta obra también se habla de los Procesos Declarativos Especiales (expropiación, deslinde y amojonamiento; el divisorio y el monitorio, el cual es una novedad dentro del orden jurídico procesal colombiano). Igualmente, se incluyen los procesos declarativos que hemos calificado de sui generis (el relativo a acciones, mejor, pretensiones populares, y el de acciones (pretensiones), de grupo. A más de los anteriores se presenta la llamada “acción” (mejor, pretensión) declaración de ausencia por desaparición forzada y otras formas de desaparición involuntaria.
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