Los contratos estatales en Colombia, es la nueva obra que presento al país y por supuesto a aquellos que se dedican a la contratación pública, ya sea en su labor profesional como abogados litigantes, asesores jurídicos o jueces de la República. El libro recoge las experiencias adquiridas tanto en la cátedra que dicto desde hace varios años en la Universidad del Rosario, como del ejercicio profesional. La estructura sencilla del libro será pues de gran ayuda para todos aquellos que les interese la materia. Así, en él se hace un breve estudio del desarrollo histórico y legal del contrato estatal. De la misma forma, se indican cuáles son las reglas de escogencia del contratista y como se perfecciona y legaliza el negocio jurídico estatal. Seguidamente, se analizan los distintos fenómenos que surgen en la ejecución del contrato, así como se describen las principales potestades y cláusulas excepcionales de las que goza la administración en sus relaciones contractuales. Finalmente, se analiza la terminación y liquidación de los contratos, así como las distintas tipologías especiales consagradas en la Ley 80 de 1993 para concluir con el estudio de los mecanismos procesales para resolver todo tipo de controversias contractuales.
No parece afortunada una contratación pública y unos procesos de selección que involucionan en extensión y complejidad, con normas confusas y muchas veces contradictorias. La dispersión de normas parece ser la costumbre actual, de tal manera que cada norma legal expedida incorpora, seguramente con propósitos loables, modificaciones al régimen de contratación, con un ambiente de inseguridad jurídica y de difícil entendimiento.En mi opinión estas reformas fraccionadas y parciales no han cumplido con los objetivos que perseguían ni han conseguido crear un mercado de fácil acceso para los administrados. Por el contrario, parece ser más común de lo deseado, obras inconclusas y un escenario propicio para la corrupción. La contratación compleja y difícil de entender solo conduce a mayores riesgos de los gestores públicos y a una atmósfera que incentiva la desviación de los recursos públicos.La complejidad de la contratación pública por las razones citadas, ha llevado a que se considere un tema propio de los abogados, cuando lo que se demanda son criterios técnicos, no necesariamente economicistas, que permitan la eficiencia en la gestión y en el cumplimiento de políticas públicas.En este marco, la obra pretende esclarecer y presentar nuestras consideraciones sobre los principios y normas que gobiernan los procesos de selección de los contratos estatales, regulados por la Ley 80 del 1993 o con regímenes especiales, centrado en el derecho a la competencia, esto es, la igualdad de acceso y oportunidades, la transparencia-publicidad y la libertad de concurrencia. Lo anterior en la búsqueda de una mínima seguridad jurídica que conduzca a la eficiencia del proceso y de los cometidos buscados por las partes contratantes.El operador jurídico, la Administración y los potenciales oferentes pueden encontrar amplia información de las fuentes y tesis que orientan y se aplican a los procesos de selección, especialmente de carácter jurisprudencial. Así mismo, se incluye un tema de la mayor actualidad, como es los límites y características de la modificación del contrato, de escasa regulación legal pero de enorme importancia por sus implicaciones en la responsabilidad patrimonial, fiscal y penal de los servidores públicos.
El presente texto comprende cuatro capítulos, así:El primero hace relación a la principialística en tanto instrumento de interpretación, integración y creación jurídicaEl segundo refiere a la formación del consentimiento en los negocios jurídicos bilaterales: los contratos.El tercero tiene que ver con el contrato en tanto institución jurídica de capital importancia para el desarrollo, transformación y pervivencia social.El cuarto, por su parte, trata los contratos preparatorios propiamente dichos: promesa, opción y preferenciaEl presente texto comprende cuatro capítulos, así:El primero hace relación a la principialística en tanto instrumento de interpretación, integración y creación jurídicaEl segundo refiere a la formación del consentimiento en los negocios jurídicos bilaterales: los contratos.El tercero tiene que ver con el contrato en tanto institución jurídica de capital importancia para el desarrollo, transformación y pervivencia social.El cuarto, por su parte, trata los contratos preparatorios propiamente dichos: promesa, opción y preferencia
Esta obra estudia, desde una mirada interdisciplinaria e intercultural, las vías utilizadas para declarar a la Madre Tierra como sujeto de derechos en Colombia y otros países. El tema central son los paradigmas en los cuales se inscribe este cambio de estatus y la posibilidad de que se haga desde un enfoque intercultural. El libro devela si estas declaratorias son útiles, complementarias o irrelevantes en la lucha por la defensa del territorio. El objetivo fue establecer si ese cambio de estatus jurídico ha brindado una mayor protección o ha sido ineficaz. Lo anterior se desarrolla a través de una metodología cualitativa usando la doctrina, la normatividad, la jurisprudencia, una encuesta a personas de Europa, Norteamérica y Latinoamérica, trabajo de campo en Nariño, testimonios de los awás y entrevistas a expertos ecuatorianos. En estas páginas, los lectores encontrarán un análisis profundo, una mirada fresca e intercultural que tiende puentes entre el conocimiento occidental y ancestral.
Estudio comparativo de los presupuestos procesales en el derecho procesal administrativo, a la luz de la Ley 1437 de 2011 y de la Ley 2080 de 2021
Nadie se imaginaba a principios del año 2020, los profundos cambios a los que se vería sometida la humanidad a raíz de la pandemia derivada del virus Covid 19.
A inicios de ese año se vislumbraba una reforma a la Ley 1437 de 2011 evidenciada en el proyecto de Ley 007 de 2019 (Senado), pero no estaba en los cálculos de nadie, que a causa del mencionado problema de salud pública, quedáramos sometidos, no solo a un sinnúmero de restricciones de toda índole, sino, a una avalancha de decretos y normas emitidas en virtud del estado de excepción que tuvo que ser declarado para tratar de contener la enfermedad y sus nocivos efectos en todos los ámbitos.
Esa normativa de “emergencia”, que entre otras cosas enfatizó en la digitalización de la justicia, llegó para quedarse, tal como lo evidencia la Ley 2080 de 2021, que incorpora trascendentales cambios que impactarán los procesos ante la jurisdicción contenciosa administrativa, y claro está, repercutirá en los presupuestos procesales en el derecho procesal administrativo.
En la tercera edición de esta obra se continúa realizando un análisis comparativo de los presupuestos procesales en el derecho procesal administrativo colombiano, teniendo en cuenta no solo la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 01 de 1984, sino, el Proyecto de Ley 007 de 2019 (Senado), que se presenta como la primera gran reforma legal al CACA, y que, seguramente, será ley de la República en el corto plazo.De igual forma, los más de siete años de vigencia de la Ley 1437 de 2011, le han permitido a la doctrina y, especialmente, a la judicatura, decantar estas instituciones procesales a través de importantes pronunciamientos que han sido objeto de análisis y reflexiones en el presente texto, y que han servido de fundamento para la formulación de críticas y propuestas que buscan enriquecer el debate académico y quizá, fomentar un cambio sobre el papel que los presupuestos procesales están llamados a cumplir en el derecho colombiano en procura de la materialización de la tutela judicial efectiva.
Esta Edición (Vigésima Segunda), impresa y digital, motiva al Autor para insistir, con inusitado entusiasmo, en una reforma del Código Civil, al tener presente que la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional entregó, recientemente al país un Proyecto de Reforma de Código Civil de Colombia, con visión y perspectiva de incorporación de nuevos y modernos Contratos.
Además de los contratos comerciales, que se incluirían en el nuevo Código Civil, en razón de la unificación de los contratos civiles y comerciales, se propondría incluir comentarios al elenco de normas que se incorporen en el nuevo ordenamiento privado, amplio y moderno.
Entonces, supuestamente los CONTRATOS a comentar, en próximas ediciones, de aprobarse la Reforma, serían: compraventa, permuta, donación, suministro, fiducia, mutuo, factoraje, transacción, arrendamiento, leasing, hospedaje, comodato, depósito y secuestro, obra, prestación de servicios, transporte, mandato, preposición, comisión, corretaje, consignación o estimatorio, cuenta corriente, consorcio, agrupación de interés económico, cuenta o negocio en participación, concesión, distribución, agencia comercial, anticresis, hipoteca, financieros, seguro, edición, juego y apuesta y renta vitalicia.
En este libro se trata el proceso ejecutivo, en general. Pero también trata de otros procesos ejecutivos específicos, como se deduce de los subtítulos del mismo.Se presenta una reseña histórica de los procesos en referencia y, de igual forma, se habla de las medidas cautelares.– Civiles – Comerciales – Agrarios – Familiares (alimentarios) – Laborales – Administrativos – Arbitrales.En este libro se trata el proceso ejecutivo, en general. Pero también trata de otros procesos ejecutivos específicos, como se deduce de los subtítulos del mismo.Se presenta una reseña histórica de los procesos en referencia y, de igual forma, se habla de las medidas cautelares.– Civiles – Comerciales – Agrarios – Familiares (alimentarios) – Laborales – Administrativos – Arbitrales.En este libro se trata el proceso ejecutivo, en general. Pero también trata de otros procesos ejecutivos específicos, como se deduce de los subtítulos del mismo.Se presenta una reseña histórica de los procesos en referencia y, de igual forma, se habla de las medidas cautelares.– Civiles – Comerciales – Agrarios – Familiares (alimentarios) – Laborales – Administrativos – Arbitrales.
ESENCIA
Después de muchos años meditando, he decidido contar en estas páginas todo lo que he hecho a mucha gente. Desde muy temprana edad.
Lo que voy a contarles, intuyo por anticipado, no le gustará a nadie; muchos de ustedes se horrorizarán; otros sentirán náuseas y todos, los veo, todos ustedes me odiarán y desearán tenerme en frente para hacerme lo que yo he hecho a tantos y tantos.
¿Saben? Los entiendo. Sé que ninguno de ustedes me entenderá, y, ¿la verdad?, no espero que lo hagan.
Las razones de todos estos actos no las entiendo ni yo. Luego de la lectura de estas historias, saldrán los psicólogos, sociólogos, filósofos y toda una gama de pensadores y adivinos a dar conceptos sobre mi personalidad; que soy esto y aquello; que la teoría tal y cual; que los rasgos X y Y, etc. y todos buscarán lucirse ante las audiencias aventurando cada cual su mejor concepción de un humano que hace lo que van a leer a continuación.
Pero ¿saben qué? Todos esos seudointelectuales y seudosabios, todos ellos están equivocados; claro, estoy seguro, ninguno va a aceptar su equivocación, pero créanme, lo están y sin remedio. ¿Saben por qué?
La tradición del derecho natural clásico ha sido particularmente rica y sostenida hasta nuestros días en el mundo hispánico. En la segunda mitad del siglo XX, al que se contrae cronológicamente este volumen, puede encontrarse un elenco importante de sus cultores, de Méjico a Chile, sin olvidarnos de España, que en estas páginas son tratados monográficamente siguiendo un patrón común: Francisco Elías de Tejada, José Pedro Galvão de Sousa, Osvaldo Lira, Rigoberto López Valdivia, Guido Soaje Ramos, Vicente Ugarte del Pino y Juan Vallet de Goytisolo. Los autores escogidos, aun con sus diferencias y matices, pueden ser incluidos sin duda en esa tradición. Es cierto que se hubieran podido añadir otros, por más que los que aquí comparecen sean suficientes y relevantes al tiempo. Varios elementos marcan además en todo caso la singularidad de cada uno en ese panorama.