El litigio societario y la solución judicial especializada de conflictos entre accionistas y entre accionistas y administradores es una disciplina naciente que, pese a los avances significativos logrados por la Delegatura de Procedimientos Mercantiles de la Superintendencia de Sociedades, continúa siendo un área novedosa que durante años permaneció dividida entre aspectos sustanciales y procesales. Esta obra busca ser una combinación de las dos áreas y servir como un manual de Derecho procesal societario que brinde a estudiantes, abogados y jueces una guía sobre los principales tipos de litigios corporativos que se presentan en el país.
Esta 7ª edición, sustancialmente reformada, ampliada y actualizada, estudia la Negociación colectiva laboral en la Administración pública y su relación con el vínculo laboral legal y reglamentario del empleo público; la concurrencia y compatibilidad armónica: de la bilateralidad por negociación colectiva previa en la determinación de las condiciones de empleo, mediante Acuerdo Colectivo y la unilateralidad formal de las autoridades para fijar las condiciones de empleo, por competencia constitucional, mediante el cumplimiento del Acuerdo Colectivo por ley o actos administrativos, para su eficacia jurídica. Es la confluencia: del derecho del trabajo, de la bilateralidad, de la negociación colectiva, con el derecho administrativo, la unilateralidad, la imposición formal y aparente.Se analiza la redefinición de viejos estereotipos, una nueva modalidad laboral, especial y atípica, de encuentro, en la que se mezclan conceptos tradicionalmente opuestos: el viejo criterio de la imposición, de 1886, debe convivir con la nueva norma constitucional de 1991 y los Convenios de OIT 151 y 154 sobre negociación colectiva. Es el tránsito de la imposición a la negociación.En el suplemento, se incluye normatividad y soporte documental relacionados con el tema.
Constituye una especial coincidencia entre el pensamiento y la obra del Dr. Miguel González Rodríguez y la realidad actual del Derecho administrativo, como si hubiese existido un acuerdo entre un gran estudioso de la jurisdicción administrativa y el desarrollo del derecho de la administración, para que las fundamentaciones y argumentaciones de sus libros, conferencias y providencias, se pudieran perpetuar a través de los actuales doctrinantes de esta área del derecho público. En este caso, más que una coincidencia es una realidad de vida de un gran jurista; un gran hombre, que siempre visualizó el futuro a través de las realidades del Derecho administrativo de cada una de las épocas que le ha correspondido vivir y que ahora se evidencian en las tendencias actuales del derecho de la administración, del servicio público, de la jurisdicción de lo contencioso administrativo y de los interesantísimos temas que se consignan en este libro.
Este libro ha sido organizado en trece capítulos que abordan, de manera amplia y detallada, los distintos aspectos que componen el régimen departamental colombiano. Desde una aproximación histórica que se remonta a la organización territorial de los pueblos indígenas prehispánicos, pasando por el régimen colonial y republicano, hasta los desafíos contemporáneos de planeación, competencias, asambleas, gobernadores, ordenanzas y control fiscal, se presenta un panorama completo y multidisciplinario. También se dedican capítulos a los esquemas asociativos, a los regímenes especiales como el del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y a los debates vigentes sobre la creación de nuevos departamentos y la redefinición de límites.
Esta obra estudia de forma sistemática y sencilla todos aquellos aspectos jurídicos que rodean los asentamientos humanos de desarrollo incompleto – AHDI en Colombia, advirtiendo que son una realidad, no solo urbana, sino también rural, y aunque está fija en el paisaje, pasa desapercibida, como invisible y por ende normalizada en la sociedad.
La parte I, se encargará de dejar sentada la premisa de la estructura de la responsabilidad estatal, las teorías especiales y los regímenes de imputación. La parte II ocupará la tarea de explorar el panorama general de lo que se entiende por transformación digital, medios tecnológicos, revolución industrial, avance informático, qué se entiende o puede entender por ciberterrorismo o por ataque informático. Finalmente, la parte III desarrollará un abordaje de casos y el alcance de los daños de esta naturaleza para posteriormente reflexionar sobre la aplicación del derecho en sede de declaratoria de responsabilidad estatal por daños causados por medios tecnológicos.
Hay en la historia de esta firma momentos difíciles –no podía ser de otro modo en un país donde el Derecho a menudo debe defenderse también de quienes lo interpretan–, pero es precisamente en esas encrucijadas donde se revela el temple de quienes la han construido. En cada contestación, en cada audiencia, en cada alegato, en cada consulta respondida con rigor y con paciencia, late la convicción de que la ley no es un escudo para el más fuerte, sino una esperanza para quien ha sido herido.
Tal vez por eso, y como ocurre con las obras verdaderamente humanas, lo que conmueve al leer estas páginas no es solo la solidez jurídica, sino la delicadeza con la que se aborda cada caso. Porque detrás de cada conflicto hay una vida. Y en esta firma, desde siempre, se ha entendido que defender una causa no es solo argumentar a su favor, sino también comprenderla. Es eso, quizás, lo que diferencia al técnico del jurista, al especialista del sabio.
La dogmática clasifica las presunciones en legales y judiciales según sea el sujeto que la formule, enrutando sus efectos hacia la verdad de los hechos. Se plantea que la presunción juris tantum admite prueba en contrario y que las iure et de jure no admite la producción de prueba en contrario del hecho presumido.
Se plantea entonces una mirada crítica al concepto de presunciones por parte de la doctrina para eliminarlas de la noción tradicional y reconducirlas a otros conceptos como la carga de la prueba, las ficciones legales y las inferencias probatorias, pero con la salvedad de que existirán otras circunstancias que justifican que el concepto se mantenga.
La vida humana tiene dos tipos de regulaciones jurídicas, a saber: la sustantiva y la procesal, cada una con finalidades diferentes, pero íntimamente conectadas.La relación sustancial otorga a los intervinientes facultades y deberes. Los convierte en acreedores o deudores, arrendadores o arrendatarios, comodantes o comodatarios, calidades que a su vez habilitan al titular para dar, hacer u omitir, o para demandar, de otro sujeto obligado, una o varias de tales prestaciones.
La presente tesis doctoral aborda la problemática de la discapacidad dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) desde dos perspectivas fundamentales: desde la sociología y desde el derecho interamericano. El estudio se desarrolla en cinco capítulos, a través de los cuáles se logra dar una visión global y holística de la discapacidad, en América Latina y dentro del marco de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como tribunal internacional encargado de velar por el respeto y la protección de los derechos fundamentales en todos los países de la región, en especial aquellos que han ratificado la Carta de la OEA y, sobre todo, la Convención Americana.
Teoría y dogmática de los delitos contra la administración pública
A lo largo de estas páginas se aborda el tema desde la perspectiva de los tipos penales y discute instituciones jurídicas de las ciencias penales como el principio de oportunidad, la suspensión de ejecución de la pena, los beneficios penitenciarios, la imprescriptibilidad, la inhabilitación y la reparación civil.