Principio de oportunidad justicia restaurativa, transicional y transnacional
Principio de oportunidad justicia restaurativa, transicional y transnacional
$110.400,00 $44.160,00
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Desde cuando empezamos nuestra labor, produciendo la primera edición en el año 2005, que habiendo transcurrido cinco -5- años y siete -7- aproximados meses, nos proponemos realizar los respectivos ajustes, mismos que obedecen tanto a la evolución de la institución jurídica en el procedimiento penal colombiano, como lo que implica maravillosa experiencia de la referida institución jurídica y normativa, objeto de estudio. Al efecto, esta segunda propuesta (edición), guarda intima relación con destacadas y complementarias consagraciones, (i) la Ley 1312 de 2009, que reforma la Ley 906 de 2004 en lo que a Principio de Oportunidad y Política Criminal de Estado respecta, a través de sus artículos 1°, 2°, 3°, 4° y 5°, introdujo importantes modificaciones a los preceptos normativos números 323, 324, 325, 326 y 327 del Código de Procedimiento Penal acusatorio que se implementa; (ii) la Jurisprudencia de la Honorable Corte Constitucional en la sentencia C-936 de 2010 (M.P doctor Luis Enrique Vargas Silva) en el radicado D-8131, que declaró inexequible el artículo 2° de la Ley 1312 de 2009, por violar claros preceptos normativos tanto de la Carta Política como de la Convención Americana de Derechos Humanos; (iii) y en igual sentido y dirección, todo lo relacionado con la Justicia Restaurativa Transicional y Transaccional, que en los artículos 518 a 527 de la Ley 906 de 2004 y la propia Ley 975 de 2005, aplican directa relación con la básica figura del Principio de Oportunidad.
Que siendo consecuentes con la concepción global (holística) e inicial en la que nos hemos inspirado, relacionada con el histórico significado de aquellas instituciones mencionadas, que han servido como reacción constitucional, legal, social, estatal e histórica ante la criminalidad (delito, delincuencia e impunidad), esta nueva ocasión nos sirve, para realizar importantes ajustes en la obra, introduciendo un quinto capítulo que relaciona el 'Principio de Oportunidad', con aquellos elementos de Justicia restaurativa', como 'La Mediación' y la institución jurídica - La Conciliación'- del Derecho Civil. Ello por cuanto, si bien nuestro trabajo tiene en sus fundamentos lo normativo, es menos cierto que en su argumentación y los soportes de ésta, se hacen concretas alusiones a básicos conceptos y fundamentos filosóficos de pensadores
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