Derechos humanos e investigaciones policiales
Derechos humanos e investigaciones policiales
$247.000
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El objeto principal del presente estudio reside en el análisis de la actividad de investigación llevada a cabo por la policía judicial, focalizando nuestra atención en la posible violación de los derechos fundamentales que esta puede ocasionar. Con el fin de extraer conclusiones y poner de relieve los elementos críticos de la actividad de investigación desarrollada por las fuerzas policiales, se efectúa una reflexión partiendo de los antecedentes históricos en la formación de los cuerpos de seguridad, centrándonos en el papel que estos desempeñan en el proceso penal y prestando especial atención a la función general de la instrucción que ejercen dentro de dicho proceso. El objetivo es dar respuesta a las preguntas fundamentales surgidas con relación a la procedencia de las pruebas obtenidas mediante violación de los derechos fundamentales y su posible utilización ante los tribunales.
Los orígenes y fundamentos de la regla de exclusión en el sistema americano se reconstruyen, discutiendo así su posible aplicación actual en los sistemas judiciales europeos. Se analizarán las diferentes herramientas utilizadas por los órganos de investigación, prestando especial atención a dos cuestiones fundamentales: la primera, centrada en la posibilidad de manipulación de las pruebas por parte del investigador; la segunda, focalizada en la eventual violación de los derechos fundamentales de los sospechosos, especialmente cuando la policía actúa motu proprio o fuera de un marco legislativo predefinido.
Los diferentes tipos de investigación se agrupan en tres grandes áreas: el análisis del investigado como persona, el análisis del entorno físico para la adquisición de pruebas y, por último, las investigaciones a través de métodos de videovigilancia, interceptaciones y el análisis de Big Data. Esta última categoría reviste especial interés por su carácter novedoso en la investigación criminal y porque pone en tela de juicio el concepto de privacidad, que creemos que es merecedor de especial protección en un sistema democrático. El equilibrio entre los derechos del sospechoso -y en última instancia de los ciudadanos- y el interés por la persecución de los delitos y la determinación de la verdad no es fácil de lograr y está siendo cuestionado constantemente por las nuevas técnicas y los descubrimientos tecnológicos.Cuando autores como Chiovenda y Carnelutti escribían en la primera mitad del siglo xx sobre la teoría de la prueba documental, la cámara Leica I, de 1925, empezaba a popularizar la fotografía. A partir de ese momento, la complejidad y los tipos diferentes de documentos solo han aumentado: entre esos, muchos cuya existencia Chiovenda y Carnelutti no podían ni siquiera imaginar. En la segunda mitad del siglo xx, además, importantes trabajos en el campo de la lingüística y la semiótica, pero también en la teoría de la fotografía, pasaron a subrayar la multiplicidad de sentidos de las palabras y de las imágenes. Demostraron así que una misma situación de hecho puede ser representada de formas muy distintas; algo que tiene el potencial no solo de cambiar las representaciones, sino también las posibles interpretaciones. En un mundo de iPhones, cámaras de seguridad, algoritmos, correos electrónicos y otros tantos documentos, es necesario entonces permitir que el paso del tiempo se refleje también en una nueva forma, más actual, de trabajar jurídicamente con documentos. Es exactamente esa la propuesta de este libro: desarrollar una teoría de la prueba documental compatible con las tecnologías y teorías actuales, demostrando los problemas y cuidados necesarios para manejar este tipo de pruebas

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