El control de convencionalidad con respecto al ejercicio pretemporal de la acción de restitución
El control de convencionalidad con respecto al ejercicio pretemporal de la acción de restitución
$57.500,00 $23.000,00
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La Ley de Restitución de Tierras como los decretos que facilitan la restitución de los derechos territoriales étnicos establecen como límite al ejercicio de la acción de restitución por despojo o desplazamiento el 1.º de enero de 1991, y para el caso étnico desde 1990 cuando se trata de despojo o desplazamiento de tierras coloniales. El control de convencionalidad con respecto al ejercicio pretemporal de la acción de restitución tiene como finalidad establecer, a partir del control de convencionalidad, los elementos de juicio necesarios que permitan determinar el carácter inconvencional de la limitación temporal para el ejercicio de la acción de restitución, señalada en el artículo 75 de la Ley 1448 de 2011 y replicada sin ninguna contemplación a la acción de restitución de los derechos territoriales de los pueblos y comunidades étnicas en los decretos leyes 4633 y 4635 de 2011.
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