De la responsabilidad civil tomo IV

De la responsabilidad civil tomo IV

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$115.000

    • ISBN: 9583502456
      Género: Civil
      Año Publicación: 1999
      Autor: Javier Tamayo Jaramillo,
      Editorial: Temis

    Descripción

    De la responsabilidad civil tomo IV

    Especificaciones

    • Edición: 1
      Páginas:608
      Encuadernación: Pasta Dura
      Peso: 953
      Dimensiones: Ancho 17- Alto 24 – Lomo 3

    CONTENIDO

    ÍNDICE

    Autor: Javier Tamayo Jaramillo,
    ÍNDICE GENERAL

    TÍTULO QUINTO
    El daño civil y su reparación

    PARTE PRIMERA
    Ontología del daño civil

    CAPÍTULO I
    Qué es el daño

    - Bibliografía sumaria
    - Definición
    - Análisis de la definición
    - Nuestra posición anterior
    - Inconsistencia de algunos planteamientos
    - Otros aspectos de la definición
    - Alcances de la definición
    - Conclusión
    - Posición del profesor Juan Carlos Henao

    **CAPÍTULO II**
    Características del daño

    - Bibliografía sumaria
    - Noción

    Sección I.El daño reparable debe ser cierto
    - Planteamiento del problema
    - El fenómeno que origina el daño debe haber ocurrido con certeza absoluta
    - El nexo causal entre el hecho y el daño también debe ser cierto
    - Certeza de la existencia del daño y certeza de su cuantía
    - Nuestra jurisprudencia distingue entre certeza de la existencia y certeza de la cuantía del daño
    - En qué consiste la certidumbre del daño
    - El daño cierto puede ser pasado, presente o futuro
    - Diferencia entre daño eventual y daño virtual
    - La jurisprudencia colombiana y la interpretación del concepto “daño hipotético o eventual”
    - No es necesario que el daño sea evaluado con exactitud matemática
    - La pérdida de una oportunidad (“chance”) constituye un daño cierto
    - Diferencia entre incertidumbre causal y pérdida de una oportunidad
    - La jurisprudencia colombiana y la pérdida de una oportunidad
    - Diversos casos de pérdida de oportunidad
    - Pérdida de una oportunidad de recuperar la salud
    - Pérdida de la posibilidad de ganar un concurso
    - Pérdida de la posibilidad de obtener futuros ascensos
    - La pérdida de la oportunidad de ganar una acción judicial
    - Pérdida de la oportunidad de explotar un negocio o de prorrogar un contrato
    - Perjuicio virtual cuando la víctima directa no tenía ingresos económicos al ocurrir la acción lesiva
    - Reclamación de personas diferentes a la víctima que fallece
    - Situación de las amas de casa que fallecen
    - La jurisprudencia colombiana y la indemnización por la muerte de la persona que no obtenía ingresos
    - Sentencias que otorgan indemnización a parientes de víctima que no obtenía ingresos al momento de su muerte
    - La jurisprudencia colombiana acepta indemnización por muerte de ama de casa
    - Reclamación de la víctima directa que sufre el daño estando sin empleo o este no es remunerado
    - La jurisprudencia colombiana y la indemnización de quien no tiene ingresos al momento de ocurrir la acción lesiva
    - Jurisprudencia que niega la indemnización de quien no tenía ingreso cuando quedó incapacitada
    - Jurisprudencia que acepta la indemnización a favor de quien no obtenía ingresos al ocurrir su lesión
    - La jurisprudencia colombiana acepta que las amas de casa tienen derecho a indemnización por lucro cesante
    - La doctrina considera que aunque la víctima no esté trabajando o devengando salario al momento del hecho lesivo, puede haber indemnización
    - El Código Penal prescribe que la simple pérdida de capacidad productiva es suficiente para obtener indemnización

    Sección II. El perjuicio debe ser personal
    - Bibliografía sumaria
    - Introducción

    Subsección I. Legitimación para demandar por daño contingente
    - Evolución legislativa
    - Principios básicos de la ley 472 de 1998
    - Cuáles daños autorizan la acción popular por daño contingente
    - Derechos protegidos
    - Daños colectivos y daños plurales
    - Legitimados para ejercer las acciones por daños contingentes
    - Contra quién se ejerce la acción por daño contingente
    - Jueces competentes
    - Medidas cautelares
    - Contenido de la sentencia

    Subsección II. Legitimación para demandar el daño cierto (pasado o futuro)
    - Introducción

    I. Legitimación para cobrar la reparación de los daños colectivos
    - Concepto de daño colectivo
    - Quién recibe la indemnización del daño colectivo

    II. Legitimación para cobrar la reparación del daño individual
    - El perjuicio personal en la responsabilidad por daños a las cosas o a otros bienes económicos
    - Campo de aplicación
    - Derechos del propietario
    - Caso del usurpador o de quien no tiene titularidad jurídica respecto de la cosa dañada
    - Caso del poseedor
    - Caso del obligado a restituir la cosa
    - Usufructuario, habitador, usuario, arrendatario, comodatario
    - Caso del usurpador o ladrón de la cosa dañada
    - Prueba de la titularidad con que se actúa
    - Caso de quien no siendo dueño o poseedor, ni teniendo obligación de responder por la cosa dañada, la repone o repara
    - La jurisprudencia colombiana

    - El daño personal en la responsabilidad por lesiones personales o muerte de la víctima
    - Distinción
    - Derecho a indemnización cuando la víctima del atentado sobrevive a este (lesiones personales)
    - El carácter personal del daño cuando la víctima directa fallece

    Sección III.El beneficio afectado por el daño debe ser lícito
    - Bibliografía sumaria
    - Introducción y plan

    Subsección I.Qué se entiende por beneficio lícito
    - Evolución histórica
    - La jurisprudencia colombiana
    - ¿Qué es la licitud jurídica?
    - Comparación de los conceptos “beneficio lícito” e “interés legítimo”

    Subsección II. Legitimación de la víctima directa para reclamar indemnización del daño sufrido
    - En la responsabilidad contractual
    - En la responsabilidad extracontractual

    Subsección III. Legitimación de personas diferentes de la víctima directa del daño para reclamar indemnización
    - Introducción
    - Legitimación de los alimentarios para reclamar indemnización
    - Reclamación de parientes no alimentarios
    - Situación de la concubina y del concubinario
    - Daño causado por un concubinario al otro
    - Reclamación de perjuicios por la muerte del concubinario o de la concubina
    - Derechos de la concubina o del concubinario en la acción hereditaria transmitida por el compañero
    - Acción personal del concubinario o de la concubina
    - Los perjuicios materiales de la concubina
    - Perjuicios morales sufridos por los concubinarios
    - La concubina en la jurisprudencia colombiana
    - La indemnización puede y debe repartirse entre la esposa legítima y la concubina
    - Derecho de terceros que, no siendo alimentarios ni concubinarios, tampoco tienen vínculo de parentesco con la víctima directa
    - Requisitos de la donación o liberalidad
    - La jurisprudencia colombiana hasta 1985
    - Posición actual de la doctrina y la jurisprudencia colombianas

    CAPÍTULO III
    Clasificación de los daños y perjuicios
    - Bibliografía sumaria
    - Daños patrimoniales y extrapatrimoniales

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