En materia de compensación de los perjuicios inmateriales por daño a la salud y de la vida de relación, en el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia, desde el nacimiento de esta subcategoría, se han emitido fallos que para los planteamientos de esta investigación generan violación al derecho de igualdad, y se constituye en un claro quebrantamiento al principio de reparación integral de las víctimas, por cuanto el resarcimiento económico a falta de baremos compensatorios y el arbitrio judicial cómo criterio subjetivo del juzgador no son suficientes para satisfacer aspectos de igualdad, dado el matiz poco estructurado de
elementos axiológicos, antropológicos, filosóficos y psicológicos, sobre la magnitud de este como criterio omnicomprensivo del ser humano en la pérdida de esos aspectos sustanciales de la vida.