Novedades
Revista jurisprudencial - Extractos - 1º semestre 2023
Editorial Jurídica Sánchez, entrega al público, un nuevo número de su REVISTA JURISPRUDENCIAL, correspondiente al primer semestre de 2023: Una PRIMERA PARTE está dedicada a destacar valiosos pronunciamientos de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Medellín, en los cuales se produjeron salvamentos de voto que nos permiten conocer las distintas posiciones jurisprudenciales existentes en la Corporación, sobre la interpretación jurídica de las normas penales.Una SEGUNDA PARTE se ocupa de TEMAS DE DERECHO PENAL GENERAL Y ESPECIAL: Comiso; Circunstancia de agravación punitiva: Indefensión; Delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años; Delito de acoso sexual; Delito de estafa; Delito de falsedad documental; Delito de omisión del agente retenedor o recaudador; Delito de tráfico de estupefacientes; Delito de, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; Delito de violencia intrafamiliar, etc.La TERCERA PARTE abarca el estudio de temas específicos del SISTEMA PENAL ACUSATORIO: Audiencias de imputación y de acusación; Causal de impedimento: Opinión o concepto anticipado; Causal de nulidad; Causales de preclusión: Legítima defensa; Prescripción; Conflicto de jurisdicciones; Control formal a un acto de parte, en este caso, a la formulación acusación, a partir de las modificaciones expuestas por la fiscalía; Incidente de reparación integral; Juez de control de garantías; Derecho a la no incriminación; Presupuestos para una sentencia de condena, incluso la dictada por vía del Preacuerdo; Testimonios contenidos en audios; Recuperación de información por otros medios tecnológicos que produzcan efectos equivalentes; Oportunidad para el descubrimiento probatorio; Ilicitud de la prueba; Elementos de prueba que obran en otros procesos; Testimonios de menores víctimas de delitos sexuales; Prueba en común; Pertinencia, conducencia y utilidad; Exclusión de medios de prueba, Evidencias extraídas de computador, concretamente de las redes de whatsapp y facebook; Documento como testimonio adjunto en desarrollo de la práctica probatoria; Delitos sexuales y corroboración periférica; Prueba de referencia; Testimonio de menores; Prueba sobreviniente; Recursos en tema de admisión de prueba o admisión de evidencia; Reparación integral de los perjuicios ocasionados con el injusto; Variaciones que pueden producirse entre la formulación de la imputación y la acusación; Variación de la calificación jurídica provisional de la conducta punible; Participación de las víctimas en materia de preacuerdos.
$176.000
Sugerencias para defensas penales estratégicas.Consejos para aprendices de derecho
Sugerencia para defensas penales estratégicas es un libro de consejos que tiene su génesis en la experiencia personal, profesional y docente. Es el atisbo desde una ventana alta a partir de la cual se ve el desarrollo de la manera como se hace justicia en Colombia, los altibajos y los inconvenientes que debe conocer y sortear el futuro abogado en el momento de la litigación. La práctica judicial que se respira a diario (intrigas subrepticias, incomodidades y rivalidades), que lleva a reconocer que en el intrincado judicial (fiscal y defensa) se crea, siempre, un juego de insidias y de extremos odiosos inevitables. Luego, el abogado debe estar preparado, manejar técnica oral (la palabra como acto de astucia), conocer espectros temáticos de cada uno de los delitos (referentes jurisprudenciales) y saber elegir la mejor estrategia (técnica de litigación). Hacer las cosas bien es el mejor truco del abogado litigante. Este libro es ideología y buenas lecciones de qué es lo que se encuentra en el litigio y el paso itinerante por unos abismos que deben ser caminados con mucho cuidado y prudencia.
$198.000
Violación del derecho a la igualdad, Conexo al principio de reparación integral, frente al daño a la salud, y al de la vida de relación en las decisiones del consejo de estado, y la corte suprema de justicia
En materia de compensación de los perjuicios inmateriales por daño a la salud y de la vida de relación, en el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia, desde el nacimiento de esta subcategoría, se han emitido fallos que para los planteamientos de esta investigación generan violación al derecho de igualdad, y se constituye en un claro quebrantamiento al principio de reparación integral de las víctimas, por cuanto el resarcimiento económico a falta de baremos compensatorios y el arbitrio judicial cómo criterio subjetivo del juzgador no son suficientes para satisfacer aspectos de igualdad, dado el matiz poco estructurado de elementos axiológicos, antropológicos, filosóficos y psicológicos, sobre la magnitud de este como criterio omnicomprensivo del ser humano en la pérdida de esos aspectos sustanciales de la vida. Desde esa óptica hacemos críticas profundas al sistema existente y planteamos recomendaciones de cómo llevarlos al plano de la igualdad, pues el sistema de competencias judiciales en Colombia no puede ser óbice de criterios desiguales frente a daños de semejante identidad.
$110.000
Jurisprudencia penal - Extractos - 1º semestre 2024
Ordenada Alfabeticamente
$198.000
Banco de preguntas-respuestas para exámenes de meritocracia. Teoría y técnica pregunta-respuesta
El Banco de preguntas-respuesta constituye un documento de gran valía pedagógica, ya que el docente Marín Castro de la Universidad de la Amazonía de Florencia, Caquetá, ha desarrollado toda la «teoría de las preguntas» en sus diversas modalidades, explicando cómo en la academia, por ejemplo, la pregunta es una «herramienta pedagógica de aprendizaje» (hpa) y frente al concepto de meritocracia, se utiliza como «método de evaluación» (pme). En este segundo campo, se precisan las formas de preguntar y los constructos más usuales: selección múltiple con única respuesta correcta (existen, por lo menos, quince (15) variables de esta modalidad de pregunta, entre ellas, los test de juicios situacionales); selección múltiple con múltiples respuestas; la pregunta de análisis de relaciones; la de tipo problema con dos afirmaciones: necesario o suficiente; las de análisis de tesis y postulados; las de inferencias o de razonabilidad deductiva, y las de relación premisa y razón. El texto incluye, además, dieciocho fuentes de estudio en las siguientes temáticas: ejercicios de razonamiento matemático; teoría y filosofía del derecho; argumentación judicial, construcción, reconstrucción y evaluación de argumentaciones orales y escritas; interpretación: constitucional y judicial; estructura de la sentencia; derecho constitución general y colombiano; derecho penal general; derecho penal especial; derecho penal y criminología; Ley 906 de 2004 (Sistema Penal Oral Acusatorio); jurisprudencia penal; derecho probatorio penal; cuestionario para investigadores judiciales; derecho internacional humanitario; Fiscalía General de la Nación; Procuraduría General de la Nación; ética y comportamiento de funcionarios públicos, y ofimática, sistemas y archivística. Bajo esta mirada, entonces, es un instrumento útil y da algunos tips importantes para preparar los exámenes de meritocracia; las Pruebas Saber (aplicables a los niveles de educación media y secundaria); las Pruebas Saber Pro (en los niveles de pregrado, técnica y tecnológica, Ley 1324 de 2009) y el examen de Estado obligatorio creado para los abogados mediante la Ley 1905 de 28 de junio de 2018, como exigencia para obtener la tarjeta profesional, lo cual viabiliza legalmente su ejercicio profesional.
$242.000
Las violencias contra las mujeres, niños, niñas y adolescentes en Colombia, América Latina y el Caribe
Las Naciones Unidas declararon en 1980 que, “la violencia contra las mujeres es el crimen encubierto más numeroso del mundo”. No exageró, tampoco sobredimensionó, solo se atuvo a la verdad dolorosa de una dinámica negativa en la historia de la humanidad que, hasta ahora no se ha podido superar, pues desde tiempos remotos la mujer estuvo borrada de sus páginas y en el hoy, pese a que ha logrado que se reescriba parcialmente incluso desde la prehistoria, el recuento de las vivencias de la humanidad, por el contrario va en aumento acelerado las violencias, pese al supuesto progreso del género humano y ante la mirada permisiva de muchos Estados y en otros, acompañada de pasmosa tolerancia de lo que no debe ser tolerado o que enmascaran en el famoso lenguaje inclusivo que no ha reportado los resultados que pretendían, porque las cifras de violencias hablan por sí solas en los hemisferios del globo terráqueo, en países de otros idiomas que no permiten el carnaval de lo absurdo que propicia la destrucción de uno de los idiomas más bellos del mundo, objeto de atropello con palabras altisonantes, unas veces ridículas y otras tantas en contravía de la semántica de una tradición filológica reconocida, por lo que se deben estar revolcando en sus tumbas los defensores de la lengua de Castilla y de León, en tanto que las muertes de mujeres persisten, aumentan las estadísticas en clave de las violencias más reconocidas, sin importar la formación o clase social, tampoco los orígenes raciales e igualmente emergen otras violencias que no habían sido identificadas y se incrementan en los ámbitos privado y público.
$319.000
Ley Estatutaria de Administración de Justicia Ley 270 de 1996 Ley 2430 de 2024
Acto Legislativo Nº 01 de 2017 Jurisdicción especial para la paz; Decreto Reglamentario 1592 de 2017 y Decreto 2107 de 2017Leyes 585 de 2000; 771 de 2002; 1285 de 2009; 1743 de 2014; 1781 de 2016Actualizada en armonía con la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) y con la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso) Con la reforma de la ley 2430 de 2024
$77.000
Nuevas tendencias del derecho procesal digital: La implementación de la tecnología en la justicia: novedades y desafíos
Podríamos decir que desde el Código Judicial contenido en la Ley 105 de 1931, que determinaba la manera en que se adelantaban entre nosotros los procedimientos judiciales, pasando por las diferentes normativas especiales, como ocurre con el Código de Procedimiento Penal de 1938 y de 1971, el Código de Procedimiento Civil, la aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en los procedimientos y trámites, era realmente muy poco. Esta revolución tecnológica se presenta, en nuestro sentir, en tres momentos, marcados por los cambios normativos, y por supuesto, el avance de las tic. En un primer momento aparece una nueva normativa que viabiliza y propende por una sucesiva implementación de las tic en los procesos judiciales. La Constitución Política de 1991 y la consecuente expedición de la Ley 270 de 1996, desarrollan el derecho fundamental a un debido proceso sin dilaciones injustificadas, y, la Ley Estatutaria de Administración de Justicia formula la idea de avanzar en la implementación de la tecnología en el servicio público esencial de la Justicia. Ya para entonces, para los años 90, los Despachos Judiciales de nuestro país comenzaban a dejar atrás las máquinas de escribir que eran parte del paisaje de los Juzgados y pasaban a los computadores y las impresoras. Incluso, en algunos Despachos se permitió el envío de documentos vía fax, aun cuando la radicación y el archivo de documentos siguió siendo la costumbre, básicamente, hasta la pandemia. La llegada del Siglo XXI trajo a Colombia una sucesiva reforma de los Códigos de Procedimiento Penal, Civil y Contencioso Administrativo, disposiciones todas que hacen una apuesta por la implementación de las tic, y la oralidad como un criterio modulador de la actuación, lo que permitió la realización de algunas diligencias por la vía de lo que se denominaba para entonces la “videoconferencia”. Aún con una normativa generosa que permitía la aplicación de las tic a las actuaciones judiciales, la práctica judicial colombiana marcada por la desconfianza hacia la tecnología seguía rindiendo culto a la actuación por escrito, y las diligencias se realizaban en los despachos judiciales, en los que el único cambio fue que se cambiaron las extensas transcripciones por la grabación en audio o video de las actuaciones. Con ocasión del advenimiento de la pandemia del covid-19 en marzo del año 2020 Colombia entró en un confinamiento obligatorio que llevó al desafío de resolver la manera de impartir justicia cuando todos los ciudadanos estaban en sus casas. En un primer término, se suspendió la prestación del servicio de justicia en las áreas civil, comercial, laboral, administrativo, y, en general, todas, con excepción de la penal, que se desarrolló de manera presencial con las medidas de bioseguridad del caso. Sin embargo, rápidamente, en aplicación a lo previsto por el Código de Procedimiento Penal contenido en la Ley 906 de 2004 jueces, fiscales y abogados rápidamente pasaron a las audiencias virtuales y encontraron los múltiples beneficios que dispensan. Mayor seguridad en el almacenamiento de la información, seguridad para testigos y víctimas, reducción de las circunstancias que conducen a la frustración de las diligencias, fueron apenas algunas de las ventajas que aparecieron para todos los colombianos. La llegada de la virtualidad a la administración de justicia no solamente supuso la realización de audiencias telemáticas, sino también la radicación de los documentos a través del correo electrónico o incluso aplicaciones de mensajería instantánea, la digitalización de los expedientes y el archivo de las actuaciones en la nube, en condiciones de seguridad y trazabilidad de las actuaciones. Ante las ventajas que eran evidentes para todos los ciudadanos se expidió el Decreto 806 de 2020 que dispuso la realización de audiencias virtuales, radicación de documentos vía electrónica y toda una puesta en marcha de una justicia digital, acorde a los tiempos que corren. Se dispuso una vigencia de 2 años a partir de su promulgación, en tanto que se pensaba inicialmente como una medida coyuntural mientras se superaba la pandemia. Superada esta crisis sanitaria, para el año 2022 un amplio movimiento donde intervinieron todos los actores del sector justicia clamaron por el mantenimiento de la justicia digital y es así como el Decreto 806 de 2020 se convierte en legislación permanente a través de la Ley 2213 de 2022. La Justicia Colombiana en apenas dos años tuvo un avance sin precedentes, tanto desde las prácticas como desde lo normativo a través de las experiencias de aprendizaje que dispensó un evento tan lamentable como lo fue la pandemia. Justo en el momento en que los colombianos valoraban y ponderaban los avances de las tic en la administración de justicia, la Sentencia C-134 de 2023 proferida por la Corte Constitucional nos retornó a la Justicia del año 1999. Al ordenar la realización de juicios presenciales con argumentos basados en sesgos y prejuicios, con una sorprendente falta de rigurosidad se dispuso un retroceso en detrimento de todos los ciudadanos y de la Administración de Justicia. Es, por decir lo menos, lamentable, que una Corte que en otros tiempos generaba admiración en todas las latitudes por su carácter disruptivo y progresista tomara una decisión como esta, quedando como consuelo el que la tecnología nos rebasa, hoy podemos estar atónitos frente a una realidad que es incomprensible, pero que será cosa del pasado en muy poco tiempo, cuando veamos los efectos que esta decisión va a tener para todos los colombianos.
$176.000
Manual práctico. sistema penal acusatorio. ley 906 del 2004
Entregar a la comunidad jurídica, académica y profesional este Manual Práctico del Sistema Penal Acusatorio en la 4ª edición, ha implicado un gran compromiso y reto que, esperamos haber superado y ello por cuanto: 1) Las evaluaciones sobre el sistema no son las mejores y el optimismo inicial que nos motivó en un comienzo, ha venido menguando por circunstancias complejas y que escapan a nuestro control; 2) Lamentablemente, las diferentes intervenciones de tribunales y cortes han desvirtuado la estructura y esencia del sistema acusatorio, ya que en una labor de “legisladores extraordinarios”, han derogado figuras, creado otras, todo en una acción de descontextualización total, que antes que comprensión, entendimiento y aplicabilidad práctica del sistema, ha generado todo un caos, haciendo de la inseguridad jurídica la constante y como sustento de lo anterior, solo basta mirar algunas sentencias de la Corte Constitucional en cuanto a la conversión de la víctima en “parte” y otras de la Corte Suprema de Justicia, sala penal, en las que se transforma todo el sentido original del sistema, haciéndolo hoy, prácticamente inoperante; 3) No obstante lo anterior, y ante los nuevos desarrollos técnicos, tecnológicos y científicos; ante la explosión e invasión de las redes sociales, la virtualidad como legislación ordinaria y prácticamente obligatoria, la avalancha temática generada por el ciberespacio, la Inteligencia Artificial y las nuevas aplicaciones en el ámbito de la administración de justicia, hemos logrado mantener la estructura de la obra, con las correcciones y complementaciones necesarias y pertinentes en los temas antes mencionados, haciendo de la misma una obra clara, coherente y técnicamente actualizada de apoyo y complemento necesario en la nueva dinámica de la operación judicial. El desarrollo temático estructural, proyectivo y gráfico hacen que las estructuras y subtextos puedan ser relacionados y entendido lógicamente con apoyo en la jurisprudencia respectiva. Tal como ha sucedido con las ediciones anteriores, confiamos en que esta 4ª edición, también sea de aceptación no solo en nuestro país, sino en toda América.
$198.000
El concepto de “hechos jurídicamente relevantes” sus implicaciones prácticas y procesales, de cara a la jurisprudencia de la corte suprema de justicia
Tiene como objeto el texto, delimitar en forma concisa y práctica, el concepto de hechos jurídicamente relevantes y sus implicaciones en el proceso penal colombiano, aportando soluciones y puntos de vista jurídicos, desde la perspectiva del autor en su rol de juez penal, aplicando la jurisprudencia actual a las distintas problemáticas que el tema suscita en el ejercicio judicial cotidiano. Para tal cometido, en forma deductiva se desarrollan e integran las siguientes temáticas (i) se parte inicialmente del concepto genérico de hecho y su relación con el derecho, (ii) su incorporación en las codificaciones anteriores y sus diferencias con la actual ley 906, (iii) posteriormente, se construye el concepto de hechos jurídicamente relevantes en el proceso penal; para luego, (iv) en forma didáctica, establecer la importancia del concepto, qué son y qué no son los hechos jurídicamente relevantes, los principales errores en su definición, la naturaleza de los actos de imputación y acusación, la posibilidad de control judicial, sus implicaciones prácticas en el proceso, y su repercusión en los derechos del procesado, el tema de prueba, las nulidades, la congruencia, los derechos de las víctimas y los fines de la administración de justicia, entre otras soluciones. Representa la obra, un instrumento de fácil acceso para comprender integralmente el concepto, solventando las problemáticas diarias de los operadores judiciales, litigantes y estudiosos del procedimiento penal, en tanto se encuentra anotado y desarrollado a partir de la jurisprudencia, reconstruyendo la línea de la corte suprema desde 2017 hasta la fecha, acompañado del criterio jurídico que la experiencia judicial le otorga a su autor.
$74.800
Código General del Proceso, 2026
Ley 1564 de 2012 Decreto 1736 y 2677 de 2012 Ley 1676 de 2013 Decreto 1365 de 2013; Decreto1664 de 2015 Ley 1996 de 2019 Actualizado con la Ley 2030 de 2020; 2080 y 2113 de 2021; 2213 de 2022. Establece vigencia permanente del Decreto 806 de 2020 Contiene modificaciones Ley 2220 de 2022 Estatuto de Conciliación Ley 2388 de 2024, Familia de Crianza Ley 2442 de 2024, Divorcio por Voluntad Unilateral Contiene la Ley 2445 de 2025 que modifica el TÍTULO IV del Código, referente a los procedimientos de insolvencia de la persona natural no comerciante y se dictan otras disposiciones (Arts. 531 y ss.)
$99.000
Derecho procesal penal III. Cuestiones fundamentales
Entre los meses de febrero y marzo del presente año, El Tribunal Superior de Medellín (Colombia), y el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco (México), con el auspicio y apoyo de varias instituciones universitarias y estatales nacionales, organizaron en la capital antioqueña las II Jornadas Iberoamericanas de Derecho Procesal Penal con la participación de Alemania, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, España, Estados Unidos, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Reino Unido, República Dominicana y Venezuela, más de cuarenta conferencistas nacionales e internacionales de las más excelsas calidades académicas y personales y con la inscripción virtual y presencial de más de 5000 participantes. En este foro académico internacional las ponencias se aglutinaron alrededor de seis ejes temáticos: justica restaurativa, dogmática y proceso penal, régimen de nulidades en el proceso penal, allanamientos y negociaciones en el proceso penal, régimen probatorio en el sistema penal y, derechos fundamentales y proceso penal. Las Jornadas, de esta manera, lograron convertirse en un foro de discusión y reflexión internacional de temas no solo de latente actualidad, sino de común preocupación a todos los países iberoamericanos, los cuales fueron abordados desde muy diversas perspectivas, lo que permitió seguir con nuestra política de ser un foro absolutamente pluralista y democrático. Fruto de esta gran experiencia intercontinental surge la obra jurídica Derecho procesal penal III. Cuestiones fundamentales en la cual se condensan la mayoría de las ponencias cuyo propósito no es más que dejar documentado el evento académico, para que el libro sirva de material de consulta sobre los diversos temas que ahí se tocaron, nunca bajo la pretensión ingenua de sentar verdades o cerrar discusiones, sino, por el contrario, de abrir puertas a la incertidumbre y plantear nuevas preguntas sobre los temas tocados que en algo contribuyan al avance de la ciencia del derecho. Leonardo Efraín Cerón Eraso Magistrado Sala Penal Tribunal Superior de Medellín Coordinador académico
$385.000