Dogmática del control fiscal
Nace para la comunidad jurídica, este texto que, de manera rigurosa, acomete el estudio de una de las manifestaciones del poder punitivo estatal más relevantes, cual el derecho fiscal. Los capítulos que componen la obra fueron diseñados a manera de un viaje jurídico inductivo, que invita al lector a que se aproxime al derecho fiscal de una manera clara, concreta y sobretodo práctica, bajo una redacción sincera y desenfadada.
Emprender el tratamiento de la dogmática en estos tiempos de ductilidad y ligereza en el conocimiento, de por sí arroja un valor agregado a esta obra. Nótese que en el desarrollo del capítulo correspondiente, se va llevando al lector a las definiciones generales de dogmática, de tal manera que termina autojustificándose su necesidad y existencia para el derecho fiscal, y así concluir que, sin dogmática, el derecho fiscal difícilmente podría subsistir en un modelo Constitucional como el nuestro.
Este manual es una herramienta de consulta para conocer los atributos, elementos, clasificación, controles y noción del acto administrativo. El autor define el acto administrativo como un acto jurídico unilateral de quienes ejercen funciones administrativas para producir efectos jurídicos. Algunas características del acto administrativo son:• Es unilateral• Está regulado por el Derecho Administrativo• Es dictado por una Administración Pública• Es fiscalizable• Es singular y concreto• Tiene carácter consultivo Los elementos que constituyen el acto jurídico administrativo son:El sujeto, La voluntad, El objeto, El motivo, El fin, la forma.
En Colombia, el modelo de control judicial de constitucionalidad es mixto. Esto, por cuanto reúne elementos tanto del control concentrado como del control difuso. Se le asigna a la Corte Constitucional la facultad de declarar la inconstitucionalidad de las Leyes y de los Decretos expedidos por el presidente de la República que tienen rango, fuerza y valor de Ley. Por otra parte, los demás operadores judiciales, esto es, jueces y Tribunales, tienen la obligación de realizar un control difuso en los asuntos bajos su conocimiento. Esta investigación tiene por objeto el estudio de la excepción de inconstitucionalidad, procedimiento que en Colombia vehicula el control difuso de constitucionalidad de las leyes
Por la facilidad con que puede apreciarse, el daño es objeto del conocimiento común. Pero además de ser un fenómeno físico, puede integrar un fenómeno jurídico, es decir, susceptible de ser jurídicamente calificado y, desde este punto de vista, entra en los dominios del estudio de los juristas. Más específicamente, todavía, el daño, puede ser un efecto jurídico. Ciertamente, perjuicio puede ser padecido por una determinada persona a causa de la inobservancia de una norma, que para obtener un resultado favorable le impone una determinada conducta; por lo que, precisamente el efecto desfavorable, ha sido querido por el derecho, a raíz de la falta de matización de tal comportamiento, o sea, de la inobservancia por él mismo.
En Colombia, la potestad disciplinaria funcionarial del Estado reafirma su existencia con la Constitución de 1991 y las normas de desarrollo disciplinario general, principalmente y desde tiempo atrás, con la Ley 200 de 1995, la Ley 734 de 2002 o C.D.U., y últimamente con la Ley 1952 de 2019 o C.G.D. y ésta reformada, adicionada y derogada parcialmente por la Ley 2094 de 2021 y dirigida a todos los servidores del Estado a nivel nacional, departamental, distrital y municipal, a los órganos de control, organismos autónomos constitucionales y a los particulares con función pública.
El proyecto consiste en desarrollar de manera legible el marco normativo de cada uno de los principios que rigen la actuación administrativa según el artículo 209 Superior. La administración pública es la sumatoria de agentes y actuaciones estatales que concentra la totalidad de la fuerza (al mejor sentido hobbesiano) para alcanzar objetivos mucho más loables que la simple conservación de la vida. En esencia, la visión del autor de Leviatán define dos aspectos medulares de la existencia del Estado en nuestros días: (i) su construcción es un acuerdo de voluntades y, (ii) el Estado se define a partir de la concentración de la fuerza. El estudio de los principios constitucionales ofrece un punto de flexión benévolo y oportuno en la interacción de un liderazgo estatal respaldado por particulares conscientes de la prestación especial que tienen determinados servicios dentro del Estado social de derecho.
El presente estudio contiene un análisis de la colusión en las licitaciones u ofertas públicas relacionadas con la contratación estatal, desde la óptica del derecho administrativo y del derecho de la competencia. En este contexto, se realiza un recorrido por los principios de transparencia y selección objetiva, los órdenes normativos, los principales tipos de acuerdo colusorio, su caracterización como práctica restrictiva de la competencia, como conducta criminal y como violación de los principios de la contratación estatal, entre otros aspectos que se abordan.
Los días de privación de la libertad personal, cesaron y, cuando fue injusta, el Estado debe pagar la indemnización del daño antijuridico inferido. Este es el fondo del compromiso político del Estado al reservarse la administración de justicia e impartirla injustamente como sinónimo de arbitrariedad estatal o sin apego a las reglas del debido proceso nacional.
En el escenario jurídico colombiano, el libro se centra en especial a explicar cada uno de los momentos en los que la acción de reconvención procede en cada uno de sus aspectos sustanciales y procedimentales, aplicando criterios de distinción entre (i). reconvención y acumulación, (ii). reconvención y excepción, (iii) reconvención y compensación, (iv) reconvención y contraprestación. Todos estos elementos reconfiguran una verdadera teoría y práctica de la reconvención en Colombia, conectándose con especial reconsideración a las reglas de procedencia de la reconvención y a los actos de defensa del demandado en el proceso de ejecución singular, lo que para este constitucionalista no podría dejarse pasar por desapercibido, ya que inmediatamente nos traslada al derecho fundamental al debido proceso consagrado en el artículo 29 de nuestra Constitución Política.
El litigio societario y la solución judicial especializada de conflictos entre accionistas y entre accionistas y administradores es una disciplina naciente que, pese a los avances significativos logrados por la Delegatura de Procedimientos Mercantiles de la Superintendencia de Sociedades, continúa siendo un área novedosa que durante años permaneció dividida entre aspectos sustanciales y procesales. Esta obra busca ser una combinación de las dos áreas y servir como un manual de Derecho procesal societario que brinde a estudiantes, abogados y jueces una guía sobre los principales tipos de litigios corporativos que se presentan en el país.
Esta 7ª edición, sustancialmente reformada, ampliada y actualizada, estudia la Negociación colectiva laboral en la Administración pública y su relación con el vínculo laboral legal y reglamentario del empleo público; la concurrencia y compatibilidad armónica: de la bilateralidad por negociación colectiva previa en la determinación de las condiciones de empleo, mediante Acuerdo Colectivo y la unilateralidad formal de las autoridades para fijar las condiciones de empleo, por competencia constitucional, mediante el cumplimiento del Acuerdo Colectivo por ley o actos administrativos, para su eficacia jurídica. Es la confluencia: del derecho del trabajo, de la bilateralidad, de la negociación colectiva, con el derecho administrativo, la unilateralidad, la imposición formal y aparente.Se analiza la redefinición de viejos estereotipos, una nueva modalidad laboral, especial y atípica, de encuentro, en la que se mezclan conceptos tradicionalmente opuestos: el viejo criterio de la imposición, de 1886, debe convivir con la nueva norma constitucional de 1991 y los Convenios de OIT 151 y 154 sobre negociación colectiva. Es el tránsito de la imposición a la negociación.En el suplemento, se incluye normatividad y soporte documental relacionados con el tema.
Constituye una especial coincidencia entre el pensamiento y la obra del Dr. Miguel González Rodríguez y la realidad actual del Derecho administrativo, como si hubiese existido un acuerdo entre un gran estudioso de la jurisdicción administrativa y el desarrollo del derecho de la administración, para que las fundamentaciones y argumentaciones de sus libros, conferencias y providencias, se pudieran perpetuar a través de los actuales doctrinantes de esta área del derecho público. En este caso, más que una coincidencia es una realidad de vida de un gran jurista; un gran hombre, que siempre visualizó el futuro a través de las realidades del Derecho administrativo de cada una de las épocas que le ha correspondido vivir y que ahora se evidencian en las tendencias actuales del derecho de la administración, del servicio público, de la jurisdicción de lo contencioso administrativo y de los interesantísimos temas que se consignan en este libro.