Reformas constitucionales inconstitucionales: los límites alpoder de reforma ofrecen un análisis completo y profundo de la doctrina de lasreformas constitucionales inconstitucionales, así como de su rol cada vez máspreponderante en el derecho constitucional contemporáneo. El texto propone unmarco teórico para entender el fenómeno de la irreformabilidad constitucional ysu exigibilidad judicial. Así mismo, presenta una mirada global al problema delas reformas inconstitucionales desde una dimensión jurisprudencial y teórica quese apoya en un amplio elenco de ejemplos de todos los continentes. El libro tambiéncompila y examina una lista original de disposiciones irreformables que hanexistido o aún existen en las constituciones nacionales del mundo.
La actividad de regulación ejercida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), desde su génesis, presenta falencias en lo que a autonomía estatutaria e independencia funcional se refiere; si bien desde su creación se ha propendido a mejorarla cada vez más, hoy continúan vigentes sus principales problemas. Lo anterior, en razón a su encuadramiento como unidad administrativa especial, su pertenencia a la Administración Pública, así como a la composición y elección de sus miembros.
Así las cosas, esta obra centra sus esfuerzos en identificar y analizar las problemáticas que enfrenta la estructura organizativa de la CRC dentro de la administración pública, que le impiden ejercer sus funciones de regulador de forma óptima, independiente y autónoma. Luego, de forma propositiva, se exponen posibles soluciones para intentar conjurar las problemáticas identificadas que, grosso modo, se resumen en la reorganización de la CRC dentro de otra de las figuras de derecho administrativo, cual es la agencia, con un contenido normativo nuevo y reformando la composición, mecanismos de elección y periodos de los comisiona-dos. Concluida la proposición, el lector poseerá un estudio minucioso y prolijo que da lugar a propuestas que podrían llegar a ser implementadas en la Administración Pública de Colombia, para lograr que el regulador de comunicaciones desempeñe sus competencias de una mejor manera. Aunque la literatura publica se ha encargado de forma vasta de analizar las problemáticas de la CRC y, en algunos estudios, de proponer soluciones, la novedad que trae este libro es que el análisis parte de la nueva Ley 1978 de 2019 que modificó la estructura y funciones del regulador de las comunicaciones.
La realidad del cambio climático ha traído consigo una serie de novedosos avances tecnológicos, aún en proceso de ser probados como eficaces, tanto desde la óptica científica como de cara a su eficacia operacional. Lo que en un inicio se limitaba a la energía solar y eólica, ahora se extiende a la biomasa, el manejo de rellenos y el biogás, la generación geotérmica, la capacidad de generación con las fuerzas físicas y dinámicas de las olas y el hidrógeno en sus distintas modalidades. Encontrar el justo balance entre los recursos no renovables y los renovables, al tiempo que se respeten derechos adquiridos y se afiancen los compromisos de cara al cambio climático, no puede quedar destinado a discursos políticos, sino que, por el contrario, debe quedar consignado responsablemente en normas rigurosas que atiendan la realidad científica con objetividad. En el caso colombiano, recientemente se expidió la Ley 2099 del 10 de julio de 2021 y, nuestro país, se ha convertido en un importante referente legal energético para otras jurisdicciones en América Latina. Así pues, es esencial contar con un marco regulatorio claro y preciso en la materia, procurando que la regulación no impida el desarrollo efectivo de los proyectos. Esta obra se ocupa, precisamente, del estudio de este equilibrio y balance regulatorio.
El Instituto de Estudios en Regulación, Minera, Petrolera y Energética como grupo de investigación del Departamento de Derecho Minero Energético reúne en esta obra colectiva los resultados de las investigaciones de profesores de destacadas universidades de Iberoamérica, estudiantes del semillero de investigación y de los programas de posgrados sobre los desafíos ambientales, sociales y tecnológicos para avanzar en transición energética. El número 18 de la Colección de Regulación Minera y Energética “Regulación comparada minero energética” resalta la importancia de la implementación de criterios ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) en la industria minero-energética, lo cual permite al lector una visión comparada frente a los retos presentes en diferentes países y aspectos comunes que pueden ser in- sumos para la toma de decisiones de diferentes actores.
En ese contexto, la obra dedica un espacio a la revisión de aspectos como la aplicación de la tecnología en el sector energético como instrumento facilitador de un proceso de transición energética hacia energías más limpias, así como a la revisión de normas, jurisprudencia y doctrina que permite llegar a propuestas para afrontar desafíos actuales en diversos países.
Reparación Simbólica: jurisprudencia, cantos y tejidos es el volumen I de la Serie ESTUDIOS SOBRE REPARACIÓN SIMBÓLICA.
Recoge ocho reflexiones sobre el concepto de Reparación Simbólica, sus relaciones con el arte y la cultura; con los fundamentos de sentencias judiciales; con obras y símbolos que producen las víctimas, los artistas y los Estados responsables por violaciones a los Derechos Humanos.
Con esta obra se inaugura una reflexión interdisciplinaria y sistemática en materia de Reparación Simbólica como campo de la reparación integral de las víctimas de graves violaciones a los Derechos Humanos. Es un trabajo al cuidado del Grupo de Derechos Culturales: Derecho, Arte y Cultura, del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia.
Es para mí un privilegio infrecuente y enorme que este libro sea accesible a una audiencia hispanohablante. El libro se presenta como una intervención social teórica en el ámbito del derecho internacional de las inversiones un orden jurídico que moldea parte del tejido que materializa a la globalización económica. El libro también brinda una crítica de las formas jurídicas que toma el pensamiento neoliberal. A la luz de estos dos objetivos, no parece haber una mejor audiencia para este libro que la latinoamericana. Es en las latitudes meridionales donde el derecho de las inversiones ha tenido su más profundo impacto y donde continúa moldeando (y limitando) la capacidad estatal de implementar políticas públicas. Poner a prueba estas limitaciones frente a los postulados de los más importantes teóricos sociales ayuda, creo, a agudizar nuestro entendimiento de este régimen. Uno solo puede concluir que el régimen no es mucho más que el puro uso de la fuerza del derecho para maniatar a los estados y a los ciudadanos del Sur global.
El derecho a la satisfacción del crédito tiene un carácter relativo y debe considerar el interés del deudor, principal- mente en razón de la finalidad social que subyace al contrato de mutuo y al principio de solidaridad. En esa medida, si el acreedor ejerce de modo abusivo sus prerrogativas al momento del cobro del crédito impago, en especial aquella referida a la ejecución judicial como medida estándar frente al incumplimiento, el deudor debe ser protegido y resarcido. Desde esta perspectiva, el abuso en el cobro del préstamo de dinero configura un ilícito específico, por virtud del cual es posible atribuir responsabilidad civil al acreedor, en favor del deudor. Tal situación puede ser comprobada en cada caso mediante el Test de razonabilidad en el cobro, propuesto por la autora como una herramienta metodológica para resolver esta clase de controversias.
Este libro aborda uno de los temas más controversiales y debatidos en el derecho privado colombiano: la responsabilidad por el daño causado por actividades que generan un riesgo inherente.
El punto de partida de esta obra, antes que nada, evoca la siguiente premisa: un país que en su constitución o en sus leyes contempla la protección de sus ciudadanos, pero en su tarea judicial desprotege a los consumidores, es un país que se ufana de ser un todo y termina siendo nada; en otras palabras, se convierte en una república que se asemeja a un árbol sin frutos. Con el desarrollo de la doctrina nacional e internacional, Colombia ha tenido una larga y distinguida historia en materia de responsabilidad; no obstante, con la expedición de la Ley 1480 de 2011, se han combinado los planteamientos y conceptos generales de la responsabilidad civil con la materia del producto defectuoso, dando como resultado un régimen íntegro –y no poco elaborado– de la responsabilidad civil por productos defectuosos, como una clase de responsabilidad ex nova, independiente, autónoma y con una filosofía diversa, que hace que esta no se ubique dentro del derecho mercantil, sino que se trata de un tipo de responsabilidad ideada para enfrentar casos reales y desafíos judiciales, más que hipótesis abstractas y didácticas –las cuales no dejan de ser útiles para la enseñanza del derecho, especialmente del derecho del consumo
La finalidad de este trabajo es analizar el concepto de responsabilidad, y en particular la responsabilidad jurídica y su relación con la responsabilidad subjetiva o moral. Está dividido en dos partes relativamente independientes. Objetivos de la primera son, en primer lugar, precisar los diferentes significados del término, en especial en la teoría jurídica, y mostrar su relación con otros términos afines utilizados habitualmente, como imputación, culpabilidad, causalidad o acción; y en segundo lugar, delimitar los criterios prácticos y de justicia que sirven para fundamentar la responsabilidad jurídica, dentro de los cuales se destaca la realización del hecho en condiciones que permitan considerar subjetivamente responsable (culpable) al autor, y por ello merecedor de la consecuencia jurídica que se le aplica.
Quien pretenda, como lo hace el autor de este trabajo, proponer un modelo de responsabilidad penal para las empresas multinacionales (EMN) se adentra en ámbitos de estudio e investigación aún en plena construcción. Es más, diría, sin temor a equivocarme, que emprende una titánica tarea, pues se enfrenta a concepciones tradicionales del derecho penal, del derecho internacional y del derecho de los derechos humanos, con las cuales, muy a pesar de su aceptación teórica, no será posible aportar soluciones satisfactorias en la sociedad global de hoy. Ahora bien, eso fue precisamente lo que William J. Parra advirtió desde el inicio de esta investigación, de tal manera que la necesidad de superar los estáticos paradigmas teóricos fue el norte de este trabajo, orientado a construir un modelo que en verdad explicara la realidad del funcionamiento de las empresas multinacionales en la sociedad moderna e internacional, su posición normativa y los criterios de su responsabilidad (especialmente de orden penal).
La idea central del libro es la de articular la existencia de la obligación positiva a cargo del Estado de protección del ambiente y su responsabilidad por los daños ecológicos y ambientales que se causen, bien sea por su propia actividad, por inactividad, o por su insuficiente (ineficiente) cumplimiento de las misiones inherentes al deber de protección. Puede parecer una formulación simplista de la cuestión, pero resulta que la propuesta que se hace en la doctrina pretende, o bien confundir la responsabilidad con el régimen sancionatorio, o con las herramientas fiscales. Se trata de retomar una tesis que ya existe, que ya ha sido planteada por el Tribunal Europeo de Derchos Humanos con fundamento y la vulneración debida a la contaminación o afectación del ambiente.