Lijur Sanchez

Control de Convencionalidad

Presentación e introducción al control de convencionalidad

La Dra. Gloria Loaiza Guerra, juez penal y docente universitaria, inicia su curso sobre el control de convencionalidad explicándonos su amplitud y complejidad, su relación con la Convención Americana y el bloque de constitucionalidad.

Histórico del término (el caso Myrna Mack Chang). En 1990, la ciudadana guatemalteca Myrna Mack Chang fue asesinada. El 25 de noviembre de 2003, la Corte decidió sobre su caso, se refirió al derecho a la vida, las garantías y la protección judicial y lo estipulado por la Convención Americana en los artículos 4.°, 8.° y 25. Allí, por primera vez nacería el término que hoy estudiamos.

Aplicación en Colombia (el ART 93 de la Constitución). Así como el artículo 2.° del Código Penal reglamenta algunas protecciones alrededor del derecho internacional humanitario, el artículo 93 de la Constitución acata la existencia de convenios internacionales que prevalecen en el orden interno, ¿bajo qué requisitos?

El bloque de constitucionalidad. ¿Por qué es indispensable el bloque de constitucionalidad en el control de convencionalidad? Su relevancia radica en la actualización constitucional, a fin de acatar los instrumentos internacionales. Sin embargo, las situaciones cambian dependiendo de si hay o no hay norma.

Qué son y cómo funcionan los instrumentos internacionales. La autora define el concepto de ‘tratado’y explica las obligaciones de cumplimiento entre los Estados que lo acuerdan (alta parte contratante) y cómo todos ellos son reglamentados por el tratado de tratados: la Convención de Viena (artículos 26 y 27 de esta).

Las obligaciones de cumplimiento. Cuando un Estado firma un tratado o convenio, se compromete a una serie de responsabilidades. La autora da un repaso sobre esos deberes, a la luz de la Convención Americana y sus artículos 1.1 y 2.°.

El hecho internacionalmente ilícito (incumplimiento). Cuando el Estado incumple con lo pactado, se enfrenta a consecuencias (no penales como sí lo haría un particular), debe responder ante estamentos como la Corte Interamericana. Con respecto a la responsabilidad estatal, se elaboró el Proyecto de Responsabilidad Internacional del Estado, prie(2002).

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Tabla de Contenido

  • Presentación e introducción al control de convencionalidad.

  • Histórico del término (el caso Myrna Mack Chang).

  • Aplicación en Colombia (el ART 93 de la Constitución.

  • El bloque de constitucionalidad.

  • Qué son y cómo funcionan los instrumentos internacionales.

  • Las obligaciones de cumplimiento.

  • El hecho internacionalmente ilícito (incumplimiento).

Histórico del término (el caso Myrna Mack Chang)

En 1990, la ciudadana guatemalteca Myrna Mack Chang fue asesinada. El 25 de noviembre de 2003, la Corte decidió sobre su caso, se refirió al derecho a la vida, las garantías y la protección judicial y lo estipulado por la Convención Americana en los artículos 4.°, 8.° y 25. Allí, por primera vez nacería el término que hoy estudiamos.

Aplicación en Colombia (el ART 93 de la Constitución)

Así como el artículo 2.° del Código Penal reglamenta algunas protecciones alrededor del derecho internacional humanitario, el artículo 93 de la Constitución acata la existencia de convenios internacionales que prevalecen en el orden interno, ¿bajo qué requisitos?

El bloque de constitucionalidad

¿Por qué es indispensable el bloque de constitucionalidad en el control de convencionalidad? Su relevancia radica en la actualización constitucional, a fin de acatar los instrumentos internacionales. Sin embargo, las situaciones cambian dependiendo de si hay o no hay norma.

Qué son y cómo funcionan los instrumentos internacionales

La autora define el concepto de ‘tratado’y explica las obligaciones de cumplimiento entre los Estados que lo acuerdan (alta parte contratante) y cómo todos ellos son reglamentados por el tratado de tratados: la Convención de Viena (artículos 26 y 27 de esta).

Las obligaciones de cumplimiento

Cuando un Estado firma un tratado o convenio, se compromete a una serie de responsabilidades. La autora da un repaso sobre esos deberes, a la luz de la Convención Americana y sus artículos 1.1 y 2.°.

El hecho internacionalmente ilícito (incumplimiento)

Cuando el Estado incumple con lo pactado, se enfrenta a consecuencias (no penales como sí lo haría un particular), debe responder ante estamentos como la Corte Interamericana. Con respecto a la responsabilidad estatal, se elaboró el Proyecto de Responsabilidad Internacional del Estado, prie(2002).

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